Es el que dice que no se autorizará la realización de nuevas actividades hasta tanto no esté finalizado el inventario de glaciares. Se eliminó para que las actividades mineras e industriales puedan seguir funcionando.
El artículo 17 menciona que "En las áreas potencialmente protegidas por la presente ley, no se autorizará la realización de nuevas actividades hasta tanto no esté finalizado el inventario y definidos los sistemas a proteger. Ante la solicitud de nuevos emprendimientos, el IANIGLA priorizará la realización del inventario en el área en cuestión". Tal y como estaba, los nuevos proyectos mineros debían esperar que el IANIGLA termine el inventario, lo que puede demorar años. Con su eliminación, los proyectos que están pueden "seguir funcionando mientras no toquen áreas glaciares ni peri glaciares", según Gioja.
El legislador opinó que no hay que "dramatizar las situaciones. Creo que no afectará a los que hoy está trabajando, como Pascua Lama, Veladero o el proyecto de Agua Negra. habrá que hacer nuevos estudios de impacto ambiental, pero no creo que se afecten", dijo.

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