El Concejo Deliberante de Morón adhirió la semana pasada a una serie de normas nacionales que amplían el acceso de los ciudadanos a diferentes derechos. El gesto más importante tuvo que ver con la ratificación a la “Guía Técnica para la atención Integral de los Abortos No Punibles”. Además, los concejales apoyaron las sanciones de las leyes de Identidad de Género y de Muerte Digna.
“Implica que desde ahora todo el Sistema Único Municipal de Salud (Centros de salud y el Hospital Municipal) tienen que actuar según lo indicado por ese protocolo”, explicaron fuentes del legislativo local. A partir de ahora, se establece que el aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer, no es punible si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida de la mujer y este peligro no puede ser evitado por otros medios, como así también en embarazos provenientes de una violación con independencia de la capacidad de su víctima.
El Estado como garante de la administración pública, debe poner a disposición de quien solicita la práctica, siempre que concurran las circunstancias que habilitan un aborto no punible, las condiciones médicas e higiénicas necesarias para llevarlo a cabo de manera rápida, accesible y segura.
“Este es un paso más para favorecer las condiciones en el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos y minimizar los riesgos para la salud y beneficiar la calidad en la atención de los abortos no punibles”, aseguró el presidente del Concejo, Juan Le Bas.
Por otra parte, el Concejo Deliberante expresó también, el beneplácito ante el trascendente fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que ratifica el derecho de las mujeres víctimas de violación a interrumpir el embarazo sin intermediación judicial en los casos no punibles.
Además, el Concejo manifestó la urgente necesidad de avanzar en el debate sobre la Ley de interrupción voluntaria del embarazo, garantizando el acceso de todas las mujeres al sistema de salud en un marco de legalidad, seguridad y gratuidad.
Identidad de género
El HCD también se mostró conforme con esta flamante Ley a partir de la cual el Estado argentino “respeta la identidad que cada ciudadana y ciudadano concibe como propia, garantizando el acceso a los tratamientos de salud que la persona requiera, la rectificación del sexo y el cambio de prenombre e imagen de acuerdo con el género autopercibido”, sostuvieron los concejales.Una vez promulgada esta Ley, solo con un trámite administrativo se podrá modificar el nombre, la foto y el sexo en el DNI.
La norma considera como “Identidad de Género” a la vivencia interna e individual del género tal como cada persona lo siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la experiencia personal del cuerpo.
Esta iniciativa además contempla que, para las intervenciones quirúrgicas, solamente se requerirá la participación de la justicia cuando la persona sea menor de 18 años y no cuente con el consentimiento de alguno de sus representantes legales.
Muerte digna
Por último, los concejales acompañaron con su beneplácito la sanción de la Ley nacional de Muerte Digna que amplía los derechos de los pacientes y de sus familiares al permitirles decidir sobre los alcances de los tratamientos terapéuticos en caso de enfermedades terminales, irreversibles o incurables, extendiendo hasta el momento de la muerte el derecho de las personas de tener una vida digna.El objetivo principal de la normativa es respetar la voluntad de la persona, contemplando que los pacientes tienen derecho a manifestar su voluntad en cuanto al rechazo de procedimientos quirúrgicos de reanimación artificial o al retiro de medidas de soporte vital.
También contempla que, en el caso de que el paciente se vea impedido a dar su consentimiento, serán sus familiares o los responsables legales quienes deberán dar a conocer la decisión de prolongar la agonía por medios artificiales.

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