SE APROBARON LOS PROYECTOS SOBRE LOS TRABAJADORES MUNICIPALES

Ayer a la mañana, en la sesión del Honorable Concejo Deliberante de Luján se aprobaron por unanimidad los proyectos de resolución y comunicación presentados por el bloque de concejales del Frente Para la Victoria – Partido Justicialista en relación al pase a planta permanente de los trabajadores municipales de planta temporaria
A través de la resolución aprobada, se solicita al Departamento Ejecutivo Municipal el envío de las modificaciones a la Ordenanza de Presupuesto 2012, a los efectos de generar las vacantes correspondientes para incorporar a los trabajadores de la planta temporaria a la permanente. En este mismo sentido, se estableció que “el Honorable Concejo Deliberante de Luján manifiesta su voluntad de acompañar todas aquellas modificaciones presupuestarias que el Departamento Ejecutivo determine para reconocer el derecho a la estabilidad laboral de todos aquellos agentes que revisten en la planta temporaria del Municipio de Luján”.

Al mismo tiempo, y a través de una comunicación se solicita “al Departamento Ejecutivo la nómina del personal municipal de planta temporaria donde conste: a) Fecha de ingreso, b) Antigüedad, c) Dependencia donde presta servicios y d) Estructura programática”. Además, expresa que se solicite “al Departamento Ejecutivo, envíe a este cuerpo los ANEXOS IX y ANEXOS X de la Ordenanza de Presupuesto 2012, actualizados a la fecha, a los fines de incorporar las modificaciones necesarias”.

Entre los fundamentos con que se aprobaron ambos proyectos se sostiene “que es necesario dar respuesta a un histórico derecho de los trabajadores municipales de contar con estabilidad laboral, y es voluntad de este Honorable Concejo Deliberante dar respuesta a este requerimiento”; “que desde hace varios años los agentes municipales de la planta temporaria ven pasar a los distintos gobiernos municipales y las respectivas conformaciones de los Concejos Deliberantes que, hasta el momento, no se ha impedido su incorporación en la Planta Permanente”; “que existen Trabajadores Municipales en la Planta Temporaria con más de 14 años de antigüedad y este hecho merece una reparación histórica”; “que la medida adoptada de llamar a concurso durante el año 2009 solo abarcaba a un determinado y pequeño número de personal municipal, desatendiendo y excluyendo principalmente a los trabajadores de mayor antigüedad”; “que a partir del año 2009, a los trabajadores de la Planta Temporaria, se les dejaron de abonar las bonificaciones por: antigüedad, chofer, por tareas técnicas contable y por tareas de insalubridad”; “que esta situación va en contra del artículo 14 bis de la Constitución Nacional que, entre otras garantías, le asegura al trabajador igual remuneración por igual tarea”; “que los trabajadores de la planta temporaria se ven claramente perjudicados con una situación hasta discriminatoria a la hora de percibir sus haberes”; “que a consecuencia de esas medidas se subsiguieron innumerables reclamos de parte de los gremios municipales, legítimos representantes de los trabajadores, concluyendo en el año 2010 con la intermediación del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires quien exhortó a la Municipalidad de Luján a regularizar esta situación”; “que a partir del año 2011, y antes los justos reclamos de los Trabajadores Municipales, el Departamento Ejecutivo determinó nuevas categorías incorporando de manera oculta estas bonificaciones, creando aun más desconcierto y desmanejo administrativo en cuanto a la política salarial de los trabajadores municipales”; “que esta situación derivó en la creación, para el personal de la Planta Temporaria, de la bonificación por Garantía Salarial, concepto que perjudica al personal municipal temporario toda vez que absorbe futuros aumentos y perjudica claramente los ingresos futuros del personal de la planta temporaria”; “que la incorporación de la ´bonificación por garantía salarial´ a las distintas categorías, reemplazando las bonificaciones que a cada agente de planta temporaria le correspondería percibir si se les reconocieran los mismos derechos que a los agentes de planta permanente, han sido debidamente presupuestadas en el Presupuesto General del Municipio de Luján. Por esta razón, la incorporación del personal de planta temporaria a planta permanente resulta ser una cuestión de justicia, no ofreciendo objeciones económicas ni jurídicas. En el plano económico el Presupuesto General no se ve afectado de manera alguna debido a que ya existen partidas correspondientes a tal fin, y en el plano jurídico cabe mencionar que de acuerdo al artículo 24 de la Ordenanza de Presupuesto vigente, el Departamento Ejecutivo tiene la facultad de reasignar partidas presupuestarias en gastos de personal, facultad que se encuentra respaldada por las disposiciones de los artículos 34, 119 y 121 del Decreto Ley N° 6769/58”; “que durante el mes de abril del corriente año, el Departamento Ejecutivo incorporó, a destiempo, una bonificación no remunerativa que TODO el trabajador municipal percibía desde mayo de 2011, por lo tanto el personal de la Planta temporaria se vio perjudicado, no solo en su ingreso, sino a los futuros aumentos”; “que el Decreto Nº 331/01, reglamentario del art. 3º inc. a) y e) y art. 4º inc. a) y b) de la Ley Nº 11.75, regula el procedimiento para el ingreso de personal a la Municipalidad”; “que debemos terminar con la precarización de los trabajadores municipales, y como dijo nuestra Presidenta ´la igualdad de oportunidades sólo la puede asegurar el Estado, no puede haber trabajadores de segunda, tiene que haber trabajadores de una sola clase. Estamos cumpliendo con el compromiso de dar a los trabajadores el mismo estatus, los mismos derechos que el resto de los trabajadores´”; y “que estamos convencidos que esta medida garantiza una jerarquización de la planta de trabajadores municipales, reparando una problemática común en el estado municipal, y estableciendo con madurez la responsabilidad que nos compete”.

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