Se aprobó el programa para recuperar el arbolado urbano

Se aprobó el programa para recuperar el arbolado urbano
"No quiero suponer que esto es una revancha" dijo el concejal Roque Rueda (PPS) después que Ariel Burgos del Frente Salteño propuso que el proyecto de Ordenanza que crea el programa de Arbolado Urbano, pase a la comisión de Legislación General para su tratamiento.
La iniciativa llegó con buen consenso y las palabras de Rueda aludieron al rechazo que hace algunos minutos había tenido el proyecto sobre acciones urgentes en los cementerios (que se informa aparte). Rueda dijo que no tenía a sentido la vuelta a comisión porque fue dictaminado, tuvo tratamiento completo, opinaron los funcionarios del Ejecutivo Municipal y no había razón para ello para ello.

Virginia López del PPS pidió a Burgos que especifique por qué debía volver a comisión y Matías Cánepa del Frejuvi dijo que" no fui parte del proyecto, pero no fue hecho a las apuradas”. Burgos respondió que tampoco tuvo participación.

El programa Recuperación del Arbolado Urbano (PRAU) estará a cargo de la Secretaría de Ambiente y Servicios Públicos o el organismo que en el futuro lo reemplace. endrá por objeto la recuperación total del arbolado urbano de la Ciudad de Salta, mediante la implantación de todos los árboles faltantes en las veredas de todos los barrios, computándose en tan sentido un (1) árbol por catastro frentista, o uno (1) cada diez (10) metros, lo que resulte mayor. Se contempla que el PRAU se llevará adelante en cuatro etapas, teniendo como base el Censo Forestal establecido por Ordenanza Nº 7060 durante el ejercicio 2011.

La primera comprende tareas preparatorias que incluye: reglamentación técnica del PRAU, la diagramación de tareas, mediante la determinación de 20 sectores de la Ciudad, y su asignación a los cinco años de duración de las tareas operativas mediante una distribución geográfica equitativa. Notificación a los frentistas de la obligación de construir la correspondiente cazuela y del resto de las obligaciones estipuladas por el artículo 6 de la Ordenanza Nº 7060.

La programación de la adquisición de ejemplares arbóreos para el PRAU y preparación de los ejemplares criados en los viveros municipales. Y celebración de los convenios contemplados en el artículo 7º. Respecto a las tareas operativas, éstas se deberán cumplir a partir del ejercicio 2012, el DEM deberá realizar las tareas de construcción de cazuelas donde correspondiere, así como la preparación del suelo e implantación de los árboles según diagrama a trazar.

Asimismo sobre el mantenimiento éste se debe cumplir durante la temporada seca de cada año, asegurando el riego y la protección contra las heladas y reponiendo los ejemplares afectados.

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