Se aprobó el impuestazo de Franco

El voraz de Orlando Franco finalmente impuso un nuevo régimen de impuestos en Posadas. La nueva reforma del Código Fiscal de Posadas le dá más poder a Rentas (tendrá facultades para meterse hasta en las computadoras de los contribuyentes), nuevos impuestos, y exigirá que se guarden los comprobantes de pagos por diez años.
Con la excusa de regular la habilitación y la inscripción de estructuras soportes y antenas en el ejido de la capital provincial, el intendente renovador Orlando Franco impuso una nueva reforma al Código Fiscal municipal.

En los fundamentos de la nueva reforma aprobada por el concejo de Posadas, el intendente Franco y sus delfines recaudadores prácticamente redactaron un nuevo Código tributario municipal, donde, entre otras puntos polémicos, se le dio más poder de policía a la Dirección de Rentas municipales; estiran los plazos de proscripción de deudas, y obligan a los contribuyentes a guardar los “comprobantes de pago” de tasas municipales por una década.

La nueva reforma del Código Fiscal, Ordenanza Tributaria y la regulación de la Habilitación e Inscripción de Estructuras Soportes y Antenas regirá para el ejercicio financiero 2012, apenas arranque enero próximo.

Los redactores del nuevo Código Fiscal sólo admitieron ante Misiones 4 que se introducen “modificaciones y adecuaciones” a la normativa hoy contenida en el Código Fiscal y la Ordenanza Tributaria Municipal. Alegaron que se mantendrán las actuales estructuras progresivas de alícuotas con mínimas adecuaciones, y se mantiene el actual valor de la Unidad Tributaria, fijada en el verano pasado en $7.

Pero ojo, a no tirar las boletas pagas. Porque Franco, lejos de aferrarse a la letra del Código Civil argentino, redactó su propio artículo para tener bajo presión a los contribuyentes posadeños.

Los habitantes de Posadas tendrán la obligación, si prospera esta reforma, de “conservar” durante diez (10) años y presentar a requerimiento del Organismo Fiscal, las declaraciones juradas y los comprobantes de pago de los gravámenes, como así también, todos los documentos que de algún modo se refieran a las operaciones o situaciones que constituyan los hechos imponibles.

Nuevos tributos

Según pudo averiguar este diario digital, el intendente Franco y su equipo de recaudadores municipales diseñaron varias adecuaciones e introdujeron nuevas figuras jurídicas, para cobrar impuestos.

• Se adaptan procedimientos de liquidación y cobro de derechos de construcción y publicidad y propaganda, para facilitar su pago y control.

• Se realizan adecuaciones tendientes a evitar la elusión en el Derecho de Inspección, Registro y Servicios de Contralor.

• Se introducen reformas para gravar adecuadamente la ocupación del dominio público.

• Derechos de Publicidad y Propaganda: se realiza una readecuación en general de derecho de publicidad y propaganda que pasa de ser mensual a anual, y se categorizan los distintos tipos de anuncios y su ubicación. Se fijan valores de acuerdo a la tipología y ubicación. Se establecen zonas en donde se aplica el valor pleno y valores reducidos.

• Estructuras portantes de antenas: A partir de los artículos 265 a 274 se incorpora el cobro de impuestos de las estructuras portantes de antenas, sobre la base de un concepto de fiscalizar las construcciones civiles donde se instalan las estructuras portantes evitando la contaminación visual y ambiental.

Poder absoluto

Pero en donde más pone énfasis la nueva reforma de Franco, la segunda de su primer mandato (en noviembre de 2009 ya impuso una modificación para aumentar los impuestos), es en la Dirección General de Rentas, que tendrá “amplios poderes” para verificar en cualquier momento, por intermedio de sus funcionarios, empleados o Terceros, inclusive en forma simultánea con el hecho imponible, el cumplimiento que los obligados den a las normas fiscales de cualquier índole

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Así dice textualmente el artículo que impondrá, éste jueves, si el ultrarovirismo municipal logra quórum propio para aprobar el nuevo Código Fiscal, las nuevas reglas de juego para que Rentas de la Municipalidad se meta hasta la casa de los contribuyentes, para saber cuales son sus operaciones comerciales y negocios financieros.

El alcalde Franco hizo que Rentas tenga el mismo poder que un recaudador del medio evo. De esta manera, los sabuesos de la Municipalidad de Posadas podrán inspeccionar los lugares y establecimientos donde esté el domicilio real, legal o fiscal, o donde ocurra el hecho imponible, exigiendo la exhibición de bienes, libros, documentos y comprobantes, e inspeccionarlos, intervenirlos y disponer medidas para su conservación y seguridad.

También exigirán a los Contribuyentes Responsables y Terceros, cuando lleven registraciones mediante sistema informático o de computación de datos; copia de todo o parte de los soportes magnéticos, debiendo suministrar el Organismo Fiscal los elementos materiales al efecto.

De esta manera, Franco y sus recaudadores podrán contar con información o documentación relacionada con el equipamiento de computación utilizado y de las aplicaciones implantadas, sobre características técnicas de software y hardware, ya sea que el procedimiento se desarrolle en equipos propios o arrendados y que el servicio sea prestado por un Tercero.

Asimismo, Rentas podrá requerir especificaciones acerca del lenguaje operativo y los lenguajes y/o utilitarios utilizados, así como también listados de programas, carpetas de sistemas, diseño de archivos y toda otra documentación o archivo inherentes al proceso de datos que configuran los sistemas de información; la utilización por parte del personal fiscalizador de programas aplicables en auditoría fiscal que posibiliten la obtención de datos instalados en el equipamiento informático del Contribuyente o Responsable y que sean necesarios en los procedimientos de control a realizar.

El Organismo Fiscal, con esta nueva reforma, tendrá tanto poder que podrá pedir el auxilio de la fuerza pública cuando fuera menester para ejercer sus facultades, o cumplimentar órdenes judiciales o allanamientos; como también solicitar órdenes de allanamiento.

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