¿Por qué se cobra plus por las tarjetas telefónicas?

A pesar de los reclamos en este sentido, es frecuente que quienes deben realizar recargas telefónicas utilizando tarjetas o el sistema virtual deban abonar un plus al comerciante que ofrece este servicio.
Esto no debería seguir sucediendo porque es -como dijo el titular de la Dirección de Defensa del Consumidor, profesor Pablo Luciano- una violación a la Ley que protege a todos los consumidores. No obstante, el cobro de este plus continúa, no faltando lugares donde lisa y llanamente se especifica en un cartel de caligrafía doméstica “tarjetas telefónicas $1”. Por suerte hay excepciones, pero son las menos. Volviendo a quienes no respetan lo reglamentado por Ley, debe decirse que también se cobra un adicional por las recargas virtuales, y el argumento que se esgrime es la necesidad de usar la línea telefónica, pertenecer a una red en Internet, etc. Por eso es bueno recordar que tanto en uno como en otro caso, la ganancia para el comerciante está contemplada por las empresas telefónicas, por lo que su pretensión de cobrarle al cliente debe desecharse y denunciarse. Luciano dijo “el valor de la tarjeta está establecido en la propia tarjeta. El comerciante no la compra al precio que la vende, porque ya está establecido su margen de ganancia”, del mismo modo que sucede con los cigarrillos, “Si el margen que le deja la empresa no le sirve, el comerciante deben dejar de vender estas cargas con tarjeta o virtuales, pero no violar la Ley de Defensa del Consumidor”, agregó, para explicar “porque si vende el crédito pre pago por un importe mayor al que dice la tarjeta viola la ley”. “La tarjeta tiene impreso su valor, por lo tanto, debe pagarse este monto -insistió. Y para dar más fuerza, el funcionario pidió que la gente pida la factura “porque no sólo es responsable el comerciante sino también la empresa telefónica, que incumple con lo ofrecido y también, por no controlar”. La cuestión de estos cobros indebidos trajo otros temas, como la disposición unilateral de comerciantes de no hacer facturas por montos inferiores a los $10 y otra: la de no aceptar el pago con tarjeta de débito o crédito por menos de determinado monto que fijan ellos, a pesar de lo reglamentado y de lo que dice la Ley. En estos casos, la Ley que se cumple es la del comerciante en cuestión. “El problema es que muy poca gente hace la denuncia, porque se trata de montos pequeños”, dijo Luciano. A esto, EL ARGENTINO agregó: a pesar de ser ilegal, el monto podrá ser pequeño para cada cliente, pero al finalizar la jornada, ¿se puede decir que es un monto pequeño el que logra el comerciante con estos pagos extra? Pasando en limpio digamos que las tarjetas de recarga de saldo telefónico, así como las recargas virtuales, no deben cobrarse más de lo estipulado en la propia unidad. Recuérdese el caso de los cigarrillos, sobre el cual no hay plus que valga. En el caso de las compras con tarjetas de débito o crédito, no corresponde que se exija al cliente un monto mínimo. Técnicamente, hasta podríamos comprar un chicle con tarjeta, sea de débito o crédito, el famoso dinero plástico al que muchos comerciantes se resisten.

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