Presentación de la defensa de Felipe Terán.
El abogado Pablo Bauque, defensor de Terán, rechazó los fundamentos de la resolución de Bejas, que afirma que el imputado no justificó la procedencia del enriquecimiento surgido de la discordancia existente entre la suma de sus recursos anuales disponibles (sueldos de la Justicia equivalentes a $ 444.881) en el período 1999-2005, y el incremento patrimonial apreciable ($1.319.642) en idéntico plazo, ocurrido con posterioridad al acceso de Terán a la magistratura federal, cargo en el que cesó el 18 de octubre de 2006 -fue destituido por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Nación-.
El recurso deducido por Bauque coloca el destino de la investigación judicial en la órbita de la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, tribunal de alzada del Juzgado Federal Nº1, que debe definir la suerte procesal del ex juez. Si la Cámara confirma el auto, Terán quedará expuesto a un posible requerimiento de elevación de la causa a juicio oral.
El trámite de la apelación, sin embargo, puede implicar un plazo significativo para un proceso que ya tiene siete años de sustanciación, de acuerdo con el antecedente del expediente "Borquez", donde la alzada -integrada por una mayoría de conjueces- demoró tres años y medio para confirmar el procesamiento del ex juez. Esa causa imputa a Terán la condición de supuesto partícipe necesario en una tentativa de defraudación en perjuicio del Estado Nacional.
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