Con la presencia de la Secretaria de Agricultura de la Nación, se anunció la ampliación de los montos de los créditos para riego por goteo y malla antigranizo a tasa cero. Además se hizo entrega de los cheques a damnificados por las inclemencias climáticas ocurridas en diciembre del 2011.
El acto contó con la presencia de Gobernador de la Provincia de San Juan, Ing. José Luis Gioja; la Secretaria de Desarrollo Rural y Agricultura Familiar de la Nación, Carla Campos Bilbao; el Ministro de Producción y Desarrollo Económico de la Provincia de San Juan, Lic. Marcelo Alos; el Director del Centro Regional INTA Ing. Agr. Carlos Alberto Parera; el Secretario de Agricultura, Ganadería y Agroindustria, Lic. Andrés Díaz Cano; la Secretaria de Industria, Comercio y Servicios, CPN, Sandra Barceló; el Secretario de Política Económica, Lic. Leonardo Gioja y del Director Ejecutivo de Nación Seguros Lic. Juan Marchena.
Asistencia a Productores de Ajo, Cebolla y Tomate
Beneficiarios:
Productores de ajo, cebolla y tomate, incluidos en el Registro Único de Productores Agropecuarios y con una superficie de explotación de hasta 10 Hectáreas.
¿Qué se financia?
Capital de trabajo; insumos, labranzas, mano de obra; mecanización de cultivos; mejoras intraprediales: sistematización y acondicionamiento de los lotes; sistema de riego; tareas de acondicionamiento y/o secado post cosecha.
¿Cuánto se financia? (Montos)
En los casos que el destino de los fondos solicitados sea el financiamiento para incorporación de Riego Presurizado, el monto a financiar por productor, será de Pesos Veinte Mil ($20.000) por hectárea cultivada, hasta un máximo de Pesos Doscientos Mil ($200.000).
Para las obras complementarias se financiará el equivalente del setenta y cinco por ciento (75%) del valor total a realizar, con un monto máximo de hasta Pesos Sesenta y Cinco Mil ($65.000) por productor. Solo se financiará materiales (la financiación de mano de obra queda por cuenta del grupo asociativo).
Cuando el destino de los fondos solicitados sea el financiamiento de Capital de Trabajo el monto a financiar será de $ 18.000 por ha
Para el financiamiento de Malla Antigranizo, se destinará un monto de $ 50.000 por ha hasta un monto máximo por productor de $ 250.000.
Tasa de Interés:
Tasa fija del siete por ciento nominal anual (7%) a 30 días.
Para los casos donde el destino según sea la incorporación de SISTEMA DE RIEGO, o la COLOCACIÓN DE MALLA ANTIGRANIZO; donde (para ambos casos) el productor solicitante posea una superficie cultivada de hasta 10 (diez) hectáreas, la tasa de interés compensatorio aplicable será del Cero por Ciento (0%).
Plazo de devolución:
El plazo total máximo para la devolución del crédito no podrá ser superior a cuatro (4) años, en el caso de que el destino del financiamiento sean inversiones en Mejoras intraprediales y mecanización de cultivos. Dicho plazo incluye el período de gracia, el que será determinado por el Comité en oportunidad de aprobación del financiamiento.
El plazo total máximo para la devolución del crédito no podrá ser superior a dieciocho (18) meses, en el caso de de que el destino del financiamiento sea Capital de trabajo y Tareas de acondicionamiento y/o secado post cosecha. Dicho plazo incluye el período de gracia, el que será determinado por el Comité en oportunidad de aprobación del financiamiento.
Para el caso de que la financiación esté destinada a la COLOCACIÓN DE MALLA ANTIGRANIZO O INSTALACIÓN DE SISTEMA DE RIEGO, el plazo no podrá ser superior a los seis (6) años.
Requisitos:
Personas Físicas
-Fotocopia de las dos primeras hojas del documento de identidad.
-Constancia de inscripción ante la A.F.I.P.
-Constancia de inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
-Constancia de CBU emitida y firmada por el banco.
-Inscripción en el RUPA
-Presupuesto de las inversiones.
Personas Jurídicas
-El destino de los fondos; para lo que deberá presentar un proyecto.
-Copia del Poder que confiera representación a la persona que designe el interesado.
-Constancia de inscripción ante la A.F.I.P.
-Constancia de inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
-Copia del contrato social, estatutos y demás documentos relativos a la existencia y capacidad jurídica de la empresa.
-Copia de actas de asamblea u órgano similar.
-Constancia de CBU emitida y firmada por el banco.
-Inscripción en el RUPA
-Presupuesto de las inversiones.
Asistencia Cadena Vitivinícola
Beneficiarios:
Productores vitivinícolas que no posean más de 25 Ha de Superficie cultivada, y que por lo menos el 80% de los ingresos del productor provengan de la actividad vitivinícola
También establece que productores o grupos asociativos que posean galpones de empaque de uvas; secaderos; concentradoras de Mosto; bodegas elaboradoras de vino y/o mosto, trasladistas o fraccionadoras; otros establecimientos procesadores de uva.
¿Qué se financia?
SECTOR UVA EN FRESCO
-Colocación de malla antigranizo (adquisición de la malla, estructura de la colocación y mano de obra)
-Reconversión y/o adaptación de viñedos (Conducciones, cambios a nuevas variedades más productivas o comerciales, etc.)
-Compra de insumos para embalaje de uva (packaging, cajas, cajones, generadores de frío, etc.)
-Construcción o ampliación de túneles y\o cámaras de frío.
-Acondicionamiento de galpones de empaque.
-Implementación de sistema de Buenas Prácticas Agrícolas.
SECTOR PASAS DE UVA
-Compra de materiales para la construcción de secaderos
-Compra de hornos de secado
-Cobertura de capital de trabajo incremental.
-Modernización tecnológica de procesos
-Implementación de sistemas de Calidad como de Buenas Prácticas Agrícolas y/o de manufacturas.
-Reconversión y/o adaptación de viñedos (Conducciones, cambios a nuevas variedades más productivas o comerciales, etc.)
-Compra de Insumos para embalaje de pasas.
-Capacitación de mano de obra.
SECTOR VINO Y MOSTO
-Compra de equipos de frío y prensas
-Incorporación de tecnología en la industria del mosto (vasijas, concentradoras)
-Capacitación del personal de bodegas.
-Implementación de sistema de calidad como Buenas Prácticas Agrícolas y/o de Manufacturas.
-Modernización tecnológica de procesos
-Reconversión y/o adaptación de viñedos (Conducciones, cambios a nuevas variedades más productivas o comerciales, etc.)
-Capital de Trabajo: mano de obra, insumos y gastos necesarios para el desarrollo de la actividad (químicos, botellas, cajones para empaque, etc.
SISTEMAS DE RIEGO
-Eficientización del uso del agua de regadío a través de la implementación de un sistema de riego presurizado
-Ejecución de todas aquellas obras hídricas complementarias necesarias para la puesta en marcha de tal obra (perforaciones, represas, impermeabilizaciones, acueductos y obras eléctricas menores).
¿Cuánto se financia? (Montos)
Los montos máximos a financiar por integrante del grupo asociativo serán los siguientes:
Sector Uva en Fresco, Pasa de Uva, Vino y Mosto.
-Monto máximo por productor: $65.000
-Para el financiamiento de Malla Antigranizo, se destinará un monto de $ 50.000 por ha hasta un monto máximo por productor de $ 250.000.
-Para Establecimientos Elaboradores: $300.000
Sistemas de Riego.
-Riego presurizado: $15.000 por hectárea, hasta alcanzar un máximo de $150.000
-Obras complementarias: el 75% del valor total a realizar, teniendo como tope máximo el monto de $65.000.
Tasa de Interés
Tasa fija del siete por ciento nominal anual (7%) a 30 días. Cuando se trate de incorporación de sistema de riego o malla anti-granizo y el productor solicitante posea una superficie cultivada de hasta 10 Has, la tasa será del cero por ciento (0%).
Devolución
Si el crédito tiene por finalidad financiación de Capital de Trabajo (insumos, implementación de sistemas de calidad, es decir que no se trate de inversiones en activos fijos): el plazo será de hasta dieciocho (18) meses.
Para los sectores UVA EN FRESCO, PASA DE UVA Y VINO Y MOSTO, salvo los casos anteriores, no podrá ser superior a cinco (5) años. Excepto para el caso de que la financiación esté destinada a la COLOCACIÓN DE MALLA ANTIGRANIZO O INSTALACIÓN DE SISTEMA DE RIEGO, donde el plazo no podrá ser superior a los seis (6) años.
En aquellos casos que el productor acredite certificado de emergencia agropecuaria emitido por la SAGYA a través del Instituto de Economía Agropecuaria, el plazo de gracia será de 18 meses y la devolución del capital de 18 meses a partir de la finalización del plazo de gracia.



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