Desde la agrupación de abogados manifestaron su preocupación por los proyectos de ley presentados en la Legislatura “que pretenden obstaculizar el acceso a abortos no punibles en Tucumán”.
Mediante un comunicado, advirtieron que ello conlleva "el riesgo institucional de llevar al estado provincial a incumplir con normas de máxima jerarquía en nuestro ordenamiento jurídico, en contra incluso de la reciente jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación".
En este sentido, recordaron que "recientemente, en un fallo histórico, el máximo tribunal del país dejó sentado los criterios interpretativos del art. 86 del Código Penal de la Nación, al delimitar los supuestos en los cuales las mujeres pueden acceder a una interrupción legal del embarazo. La Corte Suprema entendió que toda mujer tiene derecho a solicitar a un servicio de salud la interrupción de su embarazo cuando éste sea producto de una violación o ponga en peligro su vida y su salud, sin la necesidad de requerir una intervención judicial para efectivizar esta decisión. Determinó que desconocer este derecho de la mujer y ponerle mayores barreras que las establecidas en la ley, es ilegal y por lo mismo, susceptible de ser sancionado por vía penal y administrativa", argumentaron.
Según ANDHES, en el fallo la Corte sostuvo que la mujer víctima de una violación "no puede ni debe ser obligada a solicitar una autorización judicial para interrumpir su embarazo, toda vez que la ley no lo manda, como tampoco puede ni debe ser privada del derecho que le asiste a la interrupción del mismo ya que ello, lejos de estar prohibido, está permitido y no resulta punible".
Por lo tanto, desde la agrupación señalaron que para acceder a esta práctica basta con "que la víctima de este hecho ilícito, o su representante, manifiesten ante el profesional tratante, declaración jurada mediante, que aquel ilícito es la causa del embarazo".
A continuación, explicaron que la Corte fundamenta esta decisión en la Constitución Nacional y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, y entendió necesario "exhortar a las autoridades nacionales y provinciales a implementar y hacer operativos, mediante normas del más alto nivel, protocolos hospitalarios para la concreta atención de los abortos no punibles a los efectos de remover todas las barreras administrativas o fácticas al acceso a los servicios médicos".
A continuación, consideraron que "en sentido inverso a lo dicho por la Corte, al día de la fecha se están discutiendo en la Legislatura de Tucumán, distintos proyectos de Ley que obstaculizan el acceso a un aborto legal y seguro por parte de las mujeres víctimas de violación, lo cual no sólo significaría desconocer el estado de derecho y el sistema republicano que nos rige sino que además implicará la responsabilidad internacional del Estado argentino por el incumplimiento de las obligaciones asumidas", completaron.
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