Analizan modificaciones a la ley de creación de la Defensoría del Pueblo

Fue durante una entrevista mantenida con el presidente de la Cámara de Diputados, Pedro Cassani. El Defensor del Pueblo y sus adjuntos se pusieron "a disposición".
El presidente de la Cámara de Diputados, Pedro Cassani, recibió en su despacho el pasado viernes al Defensor del Pueblo, Miguel Alegre y los adjuntos Juan Ramón Ferreyra y Marco Costa, quienes quedaron a disposición del cuerpo parlamentario para asistir a las reuniones de comisiones que sean necesarias a fin de explicar el proyecto de modificación a la Ley 5.888 de Creación de esta entidad, que ya se encuentra en la comisión de Asuntos Constitucionales.

La normativa data del año 2009 y si bien es cierto es que contó con el amplio consenso legislativo para su sanción, ya en aquel entonces no pocos analistas políticos observaron una serie de "limitaciones" en la "ejecutividad de la entidad para solucionar problemas", lo que queda expuesto en el Expediente 6.372 que está siendo analizado en la Cámara baja desde el 24 de agosto pasado.

En la charla de los Defensores con Cassani quedó en claro que "están abiertos al diálogo" y al debate que implique "reelaborar el presupuesto y mejorar los recursos financieros de esta institución, y así poder apuntalar su organigrama (ya presentado) ya que todo ello redundará sin dudas en beneficios para los correntinos" manifestaron.

Por otra parte, el titular de Diputados agradeció profundamente a los Defensores la gentileza de acercarse al Parlamento para brindar una charla a alumnos secundarios de distintos establecimientos educacionales, llevada a cabo el pasado viernes tras este cónclave; y se comprometió a retransmitir a sus pares todo lo conversado.

LA MISIÓN DE

LA DEFENSORÍA

En el encuentro del presidente de la Cámara de Diputados Pedro Cassani y los Defensores se recordó la importante misión de este organismo. Según la propia Ley establece:

a) La promoción y protección de los derechos humanos y demás derechos fundamentales del individuo, y los intereses difusos o colectivos de la comunidad, tutelados por el ordenamiento jurídico, ante hechos, actos u omisiones de todo poder, ente u órgano público provincial;

b) Supervisa la eficacia en la prestación de los servicios públicos;

c) Sin perjuicio de presentar la denuncia de hechos delictuales, el Defensor del Pueblo efectúa recomendaciones a los funcionarios, propone la modificación de normas legales, formula críticas y hace pública su labor a través de informes.

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