Ampliaron el plazo para acceder a la moratoria impositiva

Ampliaron el plazo para acceder a la moratoria impositiva
Con el objetivo de ampliar en 60 días el plazo de vencimiento para el acogimiento del Régimen de Financiación para Obligaciones Impositivas Provinciales, pasando del 30 de septiembre al 30 de noviembre del corriente año, el Cuerpo Legislativo aprobó por unanimidad la ley por la cual se modifican dos artículos de la ley 6889 y modificatorias.
Para el cumplimiento de este objetivo se reformó el artículo 2º que establece: “El presente régimen comprende a todas las obligaciones impositivas omitidas por períodos fiscales comprendidos hasta el 29 de febrero de 2012, para contribuyentes y responsables locales y los comprendidos en el régimen del Convenio Multilateral, incluyendo a las multas por incumplimiento a los deberes formales y materiales que se encuentren firmes. El acogimiento podrá formularse hasta el 30 de noviembre de 2012, inclusive.

Los períodos comprendidos dentro del beneficio de la presente ley, podrán ser ampliados a criterio de la Administración Tributaria Provincial, mediante resolución emitida por la misma.

El contribuyente podrá incluir como acogimiento al presente régimen las obligaciones que formen parte de otro régimen de financiación o moratoria, vigente o caduco”.

En idéntico sentido el artículo 5º determina que: “El acogimiento a la presente ley podrá formalizarse hasta el 30 de noviembre de 2012 inclusive, conforme a los siguientes requisitos:

a) Efectuar presentación de solicitud de acogimiento vía Web, consolidando la deuda de capital, actualización si la hubiere, más intereses resarcitorios, según el mecanismo previsto en el artículo 37 de la ley 2071 y sus modificatorias y complementarias –Ley Tarifaria Provincial-.

b) En caso de que se hubiere cancelado total o parcialmente la deuda principal sin cancelarse al mismo tiempo los intereses que dicha deuda hubiese devengado, éstos, transformados en capital, devengarán desde ese momento los intereses resarcitorios previstos en esta ley.

c) Abonar en concepto de anticipo, el 5% de la deuda consolidada.

d) Tener regularizadas las posiciones mensuales posteriores al último período fiscal que esta ley permite incluir y hasta el mes anterior a la fecha de acogimiento al presente plan”.

El tema fue analizado en la Comisión de Hacienda y Presupuesto a partir de una actuación simple 16.609/12 del Administrador de la ATP, de la cual surgió el proyecto refrendado por los diputados Fabricio Bolatti, titular de esa cartera, Ricardo Sánchez, Mirta Morel; Luis Verdún, Irene Dumrauf y Sergio Vallejos.

El titular de la Comisión de Hacienda Fabricio Bolatti explicó que en la reunión de la comisión “recibimos una nota de la autoridad de la Administración Tributaria, el contador Pereyra solicitando que se prorrogue el acceso a la moratoria vigente por 60 días, no así las condiciones ni los plazos a incluir, sino solo los plazos para acceder a la moratoria. La comisión entendió que era un pedido razonable, hemos realizado un proyecto y llevamos al 30 de noviembre la fecha para que los contribuyente puedan acogerse a la moratorias, es importante tratar esta ley para que se ponga en marcha luego del último día de plazo que estaba establecido”.

Comentá la nota