Ampliaron las disposiciones para un mayor control en la realización de estudiantinas

Ampliaron las disposiciones para un mayor control en la realización de estudiantinas
Las estudiantinas en los colegios deberán realizarse el día hábil previo al 21 de septiembre, según lo dispusieron las autoridades del Consejo General de Educación al ampliar las disposiciones que estaban vigentes, en razón de que el sistema educativo provincial ‘se ha expandido considerablemente y presenta nuevas ....
Publicado el 13/09/2012 - alternativas y ofertas, a la vez que la sociedad en su conjunto presenta algunas características que inciden especialmente en el comportamiento de los jóvenes y que los cambios y particularidades de la actualidad ameritan por parte de las autoridades educativas realizar ajustes y actualizaciones constantes en las normativas vigentes”, según precisaron.

En tal sentido, la presidenta del Consejo General de Educación, Lic. Marcela J. Menini de Barchini, recordó que se encuentra en plena vigencia la resolución Nº 3703/11, que amplía lo establecido oportunamente por la Resolución Nº 6.832/08.

Control de bebidas

De esta manera ratificaron que queda “expresamente prohibida, la venta, ingesta, distribución, etc. de bebidas alcohólicas y las denominadas “energizantes” durante el desarrollo de los festejos, cualquiera fuere el lugar de su realización”.

Entre las disposiciones se obliga a “la participación únicamente de alumnos pertenecientes al establecimiento escolar respectivo, no debiéndose admitir el ingreso de ex alumnos y/o estudiantes de otros establecimientos educativos”.

Los mismos requisitos rigen si por razones debidamente justificadas, la estudiantina se realiza en otro lugar diferente al escolar.

Entre otros aspectos, la Resolución aclara que “en el caso que la institución educativa no cuente con un Centro de Estudiantes, corresponde a la Asociación Cooperadora intervenir, bajo la coordinación del directivo del establecimiento, a los efectos del control y utilización de lo recaudado”.

Y si resultara necesaria la contribución voluntaria de dinero, por parte de los alumnos a los efectos de solventar gastos de la estudiantina, la misma debe ser mínima y no debe ser óbice para excluir a los alumnos de su festejo y/o actividad recreativa.

La funcionaria recordó además que “se han cursado los memorándums a las Direcciones de Nivel respectivas al objeto, de que se proceda a verificar el fiel cumplimiento de lo establecido en la presente Resolución”. l

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