Alperovich exige al CAM cinco nombres por cargo vacante

Alperovich exige al CAM cinco nombres por cargo vacante
El gobernador pide que se cumpla estrictamente con el artículo 16 de la Ley 8.197 . En un concurso, el Poder Ejecutivo reservó el nombre de una postulante, pero solicitó que le envían cuatro nombres más.
Siguen planteándose problemas en los concursos celebrados por el Consejo Asesor de la Magistratura (CAM). El gobernador, José Alperovich, dejó en claro ayer que sólo aceptará que dicho órgano le remita estrictamente cinco nombres de abogados por cada cargo vacante en la judicatura, para que él designe a uno. Por eso, se abstendrá de nombrar un vocal en la Cámara en lo Civil y Comercial Común de Concepción hasta que el CAM no le eleve cinco alternativas.

En horas de la mañana, el primer mandatario comunicará su respuesta al presidente del CAM, Antonio Gandur, que el jueves le había enviado sólo la propuesta de María Isabel Bravo. La profesional había sido la única de los 13 concursantes que obtuvo el puntaje exigido por la Ley 8.197 (60 puntos como mínimo) para acceder a la entrevista, etapa final del proceso de selección.

Por medio de una nota, que irá acompañada por un dictamen de la Fiscalía de Estado, Alperovich informará: "se ha procedido a reservarla (la postulación de Bravo) hasta tanto el CAM comunique la nominación del resto de los postulantes, hasta completar el quinteto, que prevé el artículo 16 de la Ley 8.197".

Ayer, Alperovich anticipó que sólo quiere cumplir con la ley. "Aceptamos la candidata (en alusión a Bravo). Les pedimos que nos envíen cuatro postulantes más, porque la ley (8.197) dice clarito que hay que elegir entre cinco postulantes", aseveró.

En problemas

El miércoles, durante la sesión del CAM, ya se había planteado un fuerte debate. Los representantes del oficialismo en dicho cuerpo (los legisladores Regino Amado y Carolina Vargas Aignasse) se habían opuesto a que el CAM sólo remitiera un nombre al Poder Ejecutivo, mientras que Gandur, el legislador opositor Esteban Jerez, y Mirtha Ibáñez y Jorge Cinto (representantes de los magistrados y de los abogados del sur, respectivamente) se pronunciaron a favor.

La tesitura de Alperovich parte de que, en todos los casos, hay que ajustarse al artículo 16 de la Ley 8.197, que exige el quinteto.

Mientras tanto, en el CAM domina una interpretación más amplia, según la cual dicha norma debe ser conjugada con el artículo 14 de la misma ley, que establece que el concurso sólo "será declarado desierto si ninguno de los postulantes obtuviera un mínimo de 60 puntos en la etapa de selección". Como consecuencia, esgrimen que el proceso debía continuar porque, al menos una aspirante (Bravo), había superado los 60 puntos requeridos.

En el Acuerdo Nº 49/2010, remitido por el CAM a Alperovich (con la propuesta de Bravo), Gandur también había invocado el artículo 46 del Reglamento Interno del cuerpo. Este posibilita que, si no alcanzara para conformar un quinteto, se eleve al Poder Ejecutivo el "número de postulantes que hubiere" obtenido el puntaje mínimo exigido para acceder a la etapa final del concurso. No obstante, la respuesta del gobernador implica que este desconoce la solución que propicia dicho artículo, porque en todos los casos -según su interpretación- debe recibir un quinteto.

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