En la última sesión del Concejo Deliberante de la Capital, el presidente Juan Manuel Beltramino ingresó bajo Expediente Nº 700/28/12 un proyecto de ordenanza por el cual propicia una modificatoria en el Código de Faltas, en el capítulo (título V - Art. 152) inherente a multas, ...
Por infracciones con automóviles las sanciones se elevan de 400 a 450 módulos. Por infracciones con motovehículos, de 70 a 100 módulos. Se duplica, en ambos rubros, en caso de reincidencia.
El CPN Juan Manuel Beltramino indicó que presentó la iniciativa “con el solo objeto de modificar continuas, desaprensivas e irresponsables actitudes de quienes tienen el comando de vehículos y que pueden provocarse hasta daños fatales y/o graves perjuicios o siniestros en terceros”.
Conductores ebrios
Remarcó: “La necesidad de modificar las penas impuestas por el Código de Faltas Municipal en lo referente a las multas aplicadas por conducir alcoholizado, teniendo en cuenta la cantidad de accidentes de tránsito que se producen los fines de semana. El objetivo de imponer penas más severas es el de garantizar una circulación vehicular con más seguridad”.
Ilustró que “la modificación del régimen de penalidades y multas más elevadas para aquellos que tengan índices de alcohol en sangre, contribuiría a que la gente lo piense seriamente y se responsabilice”.
Además sostuvo que el Municipio y el cuerpo deliberativo municipal “están alarmados por los altos índices de siniestralidad, porque se insiste con amplias campañas de difusión preventivas, sobre la importancia de la educación vial y la seguridad en el tránsito y, aparentemente, se hace oídos sordos. No es una cuestión menor para el Estado, por sus implicancias y secuelas, arbitrar todos los medios para lograr el uso responsable de vehículos, para preservar la propia vida del ciudadano y de terceros en riesgo”.
Beltramino insistió que “se deben aplicar medidas que formen conciencia en la ciudadanía porque el problema es la falta de responsabilidad”.
Advirtió que “este no es un problema exclusivo de Santiago, sino que pasa en todo el país, por lo que la mayoría de las provincias han puesto énfasis en los controles y el aumento de las multas”, concluyó.
Lo que establece el proyecto
Por el proyecto indicado, se propone modificar el Titulo V Faltas contra el Tránsito de la Ordenanza Nº 793/82 -Código de Faltas- el que quedará redactado:
- Art. 152º: El que condujere cualquier tipo de vehículo en estado de intoxicación producida por el consumo de alcohol, estupefacientes u otras sustancias que disminuyan o alteren las condiciones psicofísicas normales, será sancionado con multa de: a) por conducir moto vehículos: por valor de 70 a 100 módulos; b) por conducir automóviles: por valor de 400 a 450 módulos, demorado y puesto a disposición de autoridad competente, con inmediata comunicación al juez de Faltas Municipal.
Para constatar el estado bastará la comprobación médica o de dispositivo que acreditare tal situación. Asimismo se procederá al secuestro del vehículo en que se conduzca el infractor.
Cuando la infracción sea cometida por conductores de vehículos de transporte público de pasajeros, taxi, radio taxi, ómnibus urbanos e interurbanos y de cualquier otro vehículo de transporte público de personas, será sancionado con el doble de la multa establecida para los automotores y la inhabilitación para conducir por el término de un año retirándosele la licencia de conducir.
Las sanciones aplicadas en el presente artículo serán elevadas al doble si reincide.

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