Agencias de viajes locales evalúan impacto de las restricciones

Desde la semana pasada, la AFIP exige información adicional a quienes contraten viajes al exterior, para lo que creó una herramienta informática que deben completar los contribuyentes que adquieran viajes a través de operadores turísticos, en caso de que quieran adquirir dólares para gastar en el exterior.
Tras un relevamiento por algunas agencias de viajes locales que venden paquetes al exterior, constamos que en San Rafael la situación en general está controlada, aunque algunos operadores turísticos cuentan con mejor manejo de la información que otros sobre la reciente resolución de la AFIP.

No hay dudas entre los operadores turísticos respecto de lo que se debe saber sobre el manejo del dólar ni tampoco hay muchas consultas de parte de los clientes, ya que el sistema de contratación de los paquetes es en pesos. Sólo algunas personas han requerido información acerca del uso del dólar en los viajes, que es aparte de la compra del pasaje. Debido al poco tiempo de la entrada en vigencia de la resolución, aún es prematuro vaticinar qué sucederá con la demanda de viajes al exterior, aunque la impresión de los operadores locales es que no afectará la demanda.

Lo cierto es que dicho sistema tiene como objetivo evaluar en tiempo real la situación fiscal y económico-financiera de la persona que solicita moneda extranjera. Para ello, el organismo ha implementado herramientas informáticas con el objetivo de "anticipar" el control sobre las operaciones de los contribuyentes y responsables.

Otro de los puntos es que el organismo seguirá con las evaluaciones sobre los datos ingresados, dando la respuesta correspondiente del monto en pesos validado para la adquisición de moneda extranjera con el destino solicitado.

La resolución 3333

Por la resolución Nro. 3.333, la AFIP creó una herramienta informática para solicitar información adicional a todos aquellos que viajen al exterior y necesiten comprar divisas en el mercado oficial de cambio con el objeto de realizar un "control anticipado" de las operaciones de compra de moneda extranjera cuando el objeto sea el viajar al exterior por diversas razones. Si bien en un comienzo, mediante una gacetilla, la AFIP había informado que la solicitud de información estaba destinada a "los contribuyentes que adquieren paquetes de viajes a través de operadores turísticos", la resolución conocida no aplica exclusivamente a este segmento de los contribuyentes, si bien consigna que, de corresponder, el "sujeto que demanda la adquisición de moneda extranjera deberá consignar el operador turístico con el que contrató el viaje.

Toda persona que tenga pensado salir del país y necesite comprar moneda extranjera debe ingresar en el sitio web de la AFIP (www.afip.gob.ar) y colocar los datos requeridos. Si la persona que demanda moneda extranjera va acompañada, también el o los acompañantes deberán llenar los formularios respectivos en la web de la AFIP.

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