La AFIP incrementó los valores que pagan los trabajadores autónomo

La categoría más baja fue establecida en 312,69 pesos, mientras que la máxima fue fijada ahora en 1.376,98 pesos, según informó el organismo recaudador.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó ayer que ajustó la normativa que establece los nuevos valores que deberán pagar los trabajadores autónomos a partir de este mes, con vencimiento en abril, los cuales se establece en 312,69 pesos para la categoría mínima y en 1.376,98 pesos para la máxima.

En la categoría I se encuadran "las personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros con ingresos anuales hasta 20 mil pesos; los comerciantes con ingresos anuales hasta 25 mil y aquellos que adhieran voluntariamente al sistema previsional" como "religiosos, directivos de cooperativas que no perciben retribución, amas de casa, profesionales o personas que aportan a cajas especiales, titulares de condominios sin tareas de dirección".

La II –cuyo valor pasará a ser de 438,13 pesos– comprende a "las personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros que superen como ingresos anuales los 20 mil pesos y los comerciantes con ingresos anuales superiores a 25 mil pesos".

La III –que tendrá un valor de 625,90 pesos– incluye a "los directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo, con ingresos anuales inferiores o iguales a 15 mil pesos".

En la categoría IV –que pagará 1.001,45 pesos– están comprendidos "los directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos entre 15.001 y 30 mil pesos".

En tanto que en la V –que abonará 1.376,98 pesos– se encuentran las mismas personas físicas pero con ingresos superiores a 30 mil pesos.

Comentá la nota