La Dirección de Comercio Interior de La Rioja advirtió que la ley de Tarjetas de Crédito permite realizar compras y centrar servicios permitiendo diferir el pago o financiarlo, pero el comercio “NO puede cobrar ningún porcentaje adicional al precio de contado”.
Según afirman desde la entidad, la ley N º 25065 de Tarjetas de Crédito, posibilita al usuario a realizar compras y centrar servicios, obtener prestamos y anticipos de dinero del sistema, permitiendo diferir el pago o financiarlo.
Para ello advierten que es recomendable tener presente que “el comercio esta obligado a no efectuar diferencia de precio entre operaciones al contado y con tarjeta”.
“El comercio NO puede cobrar ningún porcentaje adicional al precio de contado porque la ley lo prohíbe” afirmó la institución mediante un comunicado.
Añadió que “el consumidor que verifique esta circunstancia debe realizar la denuncia en la Dirección General de Comercio Interior”.
Además el comercio esta obligado a verificar la identidad del portador de la tarjeta.
Los reclamos y denuncias en este sentido deben presentarse ante la Dirección General de Comercio Interior: Pelagio B. Luna 816- TEL.: 453071/52/62/55.
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