Advertencia de la SSSalud a las entidades de medicina prepagas

La Superintendencia de Servicios de Salud (S.S.SALUD) ratificó que, a partir de la vigencia de la Ley Nº 26.682, ninguna entidad de medicina prepaga puede rechazar la afiliación a personas mayores de 65 años, como tampoco a aquellos que padezcan una enfermedad preexistente.

En un comunicado, la entidad oficial advirtió que “de verificarse el incumplimiento de la normativa legal, la autoridad de aplicación intervendrá en uso de sus facultades como ente de regulación, control y fiscalización de dichas entidades, garantizando el ingreso del usuario a la prepaga requerida”.

Agregó que “las entidades que incurran en improcedentes rechazos de admisión, estarán incumpliendo la Ley Nº 26.682 y por lo tanto serán pasibles de la aplicación del régimen sancionatorio correspondiente”.

La SSSalud también recordó que “aquellos usuarios que hubieren sido objeto de rechazo de admisión por los motivos expuestos, pueden realizar una denuncia” ante e Organismo, llamando al 0800-222- 72583, a través de la página web: www.sssalud.gov.ar, o bien personalmente en la sede ubicada en la Av. Pte. Roque Sáenz Peña 530, Planta Baja, CABA, o en sus delegaciones en las provincias.

Asimismo el organismo recordó que en su artículo 11 la Ley citada establece que: “La edad no puede ser tomada como criterio de rechazo de admisión” y en su artículo 10 que: “Las enfermedades preexistentes solamente pueden establecerse a partir de la declaración jurada del usuario y no pueden ser criterio del rechazo de admisión de los usuarios”.

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