Tras varios meses de labor parlamentaria, el Concejo Deliberante aprobó el jueves una modificación integral de la Ordenanza General de Tierras Fiscales. La norma, que rige la mecánica de adjudicación, ocupación efectiva y titularidad de la tierra no sólo tendrá injerencia en las entregas de lotes que se hagan a futuro, sino que rige también sobre aquellos vecinos que se encuentren en situación de preadjudicatarios.
De acuerdo a las modificaciones establecidas en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, se encuentra que una vez superada la instancia del registro de oposición en el que la comuna da a conocer periódicamente los listados de adjudicatarios, se aceleran los plazos en los que el vecino deberá ocupar y construir en el lote adjudicado.
Así, en un máximo de 90 días corridos desde la preadjudicación, deberá tomar posesión del lote, cercando el predio para su guarda, y también a partir de la preadjudicación, dispondrá de 180 días para presentar la documentación técnica (planos) para la ejecución de obras, y siempre con la misma fecha de base, tiene la obligación de edificar dentro de los cinco años.
Hay que aclarar que “obligación de edificar” no implica sólo el inicio de obra, sino la vivienda concluida, y con sus planos aprobados. Y la ordenanza determina que el incumplimiento de esta obligación tendrá como consecuencia la pérdida automática de los derechos sobre el lote.
OCUPAS
Las modificaciones a la normativa marco para las tierras fiscales incluyeron a la problemática de la ocupación ilegal entre las infracciones e inhabilitaciones para ciertos beneficios, como la de contar con asistencia de programas nacionales, provinciales o municipales.
Esto último es en función de que mientras algunas ocupaciones ilegales terminan por ser regularizadas con el paso de los años, se ven beneficiados además con la llegada de planes como el PROMEBA (Programa de Mejoramiento Barrial).
Por otra parte, se estableció que en aquellos casos que se trate de la regularización de una ocupación o usurpación, al momento de tramitar la titularidad de la tierra, su valor fiscal se incrementará en un 30%.
Además, de ahora en más quienes intenten ocupar o usurpar tierras quedarán inhabilitados por el término de 20 años para ser pre-adjudicatarios, adjudicatarios u oferentes de tierras fiscales para cualquier uso.
PRIORIDADES
La nueva normativa establece también una serie de prioridades para el acceso a la tierra fiscal. Así, tanto en los ofrecimientos públicos como en las tramitaciones individuales, se instrumentará un sistema específico prioritario y equitativo por el que puedan acceder a la tierra pública aquellas personas con capacidades especiales que puedan valerse por sus propios medios y se encuentren en condiciones de asumir los compromisos correspondientes por la titularidad de la tierra.
También los nativos de la ciudad son prioritarios en la adjudicación de tierras, mediante la nueva asignación de puntajes. En tal contexto, los comodorenses nativos suman 40 puntos, sobre los 30 asignados a los chubutenses de otras ciudades, o los 15 de los argentinos de otras provincias
Se tuvo en cuenta además para la asignación de puntajes, la participación de los vecinos en ofrecimientos públicos anteriores, o los años de tramitación de expediente ante tierras. En tales casos se adjudican dos puntos en el primer caso, y un máximo de diez en el segundo.
Más allá de que la modificación incorporada en la ordenanza resulta integral y abarca casi la totalidad del articulado, también se amplió el aspecto de registro de propiedad a investigar para las adjudicaciones.
Así, desde la fecha de promulgación de esta ordenanza marco, quienes aspiren a un lote fiscal en la ciudad (ni sus cónyuges o grupo familiar a cargo) pueden registrar antecedentes como ocupantes, pre–adjudicatarios, adjudicatarios o propietarios de lotes dentro del ejido comodorense, de la ciudad de Rada Tilly, o dentro del ejido del último domicilio que figure en el Documento Nacional de Identidad, si se registrara en otra jurisdicción.
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