Aprobado por ONU se celebra anualmente cada 25 de noviembre, en memoria de tres hermanas dominicanas asesinadas en 1960
En República Dominicana se registró el asesinato de las tres hermanas Mirabal, férreas activistas políticas, hecho que tuvo lugar el 25 de noviembre de 1960, por órdenes del dictador Rafael Leónidas Trujillo.
En 1993, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer , en la que se definió la violencia contra la mujer como “todo acto de violencia basado en el género que tiene como resultad posible o real un daño físico, sexual o psicológico, incluidas las amenazas, la coerción o la prohibición arbitraria de la libertad, ya sea que ocurra en la vía pública o en la privada”.
En tal sentido, desde el Instituto de Género de la UNaF se hizo alusión a la Ley N ° 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.
“Esta norma es de aplicación en todo el territorio de la Nación Argentina y previene y sanciona las conductas que, de manera directa o indirecta tanto en el ámbito público como privado, basadas en una relación de desigualdad de poder, afectan la vida, la libertad o la seguridad personal de las mujeres”, se subrayó.
Se remarcó que “dicha ley establece que las mujeres están protegidas no sólo de la violencia física, también de la psicológica, sexual, reproductiva, obstétrica, económica y simbólica, sufridas tanto en el ámbito familiar, institucional, laboral y mediático”.
Para finalizar, se hizo hincapié en la importancia de denunciar cualquier tipo de maltrato. “Denunciar es un derecho de las mujeres –se resaltó-. Sólo tienen que llevar el Documento Nacional de Identidad (DNI) y no hace falta que las acompañe un abogado. Pueden acudir a cualquier Comisaría, Fiscalía o Defensoría oficiales”.
“También se puede hacerlo de manera oral o escrita ante cualquier juez, que según estime podrá ordenar medidas preventivas urgentes, tales como prohibición de acercamiento del agresor a los lugares habituales de concurrencia de las víctimas u ordenar su exclusión del domicilio, independientemente de quién sea el titular del mismo”, se precisó, aclarando que “la ley prohíbe la mediación y conciliación en trámites judiciales de violencia familiar”.
Para más información sobre éste y otros temas, o bien para contactarse con los profesionales del equipo multidisciplinario del Instituto de Género de la UNaF , los interesados pueden enviar un mail a: institgenero@unf.edu.ar.
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