La norma establece que sólo se podrá fumar en casas y lugares abiertos. Los bares y restaurantes de la ciudad ya no podrán permitir que se fume en los espacios cerrados
La ley a la que adhirió formalmente la provincia desde ayer, prohíbe fumar en bares, restoranes, bingos, discotecas, teatros, transporte público y estadios cubiertos. Asimismo, ahora los paquetes de cigarrillos deberán incluir advertencias sanitarias con fotos y el dato sobre la línea gratuita para que los fumadores pidan ayuda y hay restricciones a la publicidad e incluso multas pero que no serán pagadas por los fumadores.
La norma fue sancionada con el voto unánime de los legisladores en la sesión de ayer presidida por Armando Cabrera (foto). El presidente de la bancada justicialista, Agustín Samaniego, como miembro informante del proyecto de ley, fundamentó la importancia de la normativa, al advertir sobre las consecuencias perjudiciales del tabaco.
Explicó que la norma tiene como objetivo principal la reducción del consumo y de la exposición de las personas a los efectos nocivos del humo del tabaco, para disminuir el daño sanitario, social y ambiental que produce, así como la prevención de la iniciación del tabaquismo, en especial en los niños y adolescentes, a través de la concientización de las consecuencias de su consumo y exposición al humo del cigarrillo".
Tras adelantar el acompañamiento del radicalismo a la iniciativa, el jefe de bloque de la UCR, Martín Hernández, lamentó que el oficialismo "haya cajoneado un proyecto de ley que presentó el radicalismo sobre este mismo tema ya en el año 2007".
La nueva norma sancionada anoche por la Legislatura establece como autoridad de aplicación de la misma, al Ministerio de la Comunidad de la provincia. También deroga en todas sus partes la ley provincial 1103.
Como puntos principales, la ley establece: Está totalmente prohibido fumar en ambientes públicos y lugares de trabajo; se prohíbe el apoyo de las empresas de tabaco a eventos públicos; las marquillas o paquetes de cigarrillos deben obligatoriamente mostrar una foto o dibujo que ilustre los efectos negativos que produce para la salud como "Fumar causa impotencia sexual"; "El humo de tabaco es causa de enfermedad y muerte"; "Fumar puede causar amputación de piernas"; "Fumar causa cáncer"; "Fumar causa enfisema pulmonar"; "Fumar causa adicción"; "Fumar causa enfermedades cardíacas y respiratorias"; "La mujer embarazada que fuma causa daños irreparables a su hijo"; "Fumar causa muerte por asfixia"; "Fumar quita años de vida"; la imagen de advertencia sobre el daño deberá ser del cincuenta por ciento de una de las superficies principales. Tampoco podrán decir "light" o "suaves", ni nada que pueda hacer pensar que un cigarrillo es menos nocivo que otro. Se pondrá visible el 0800 222 1002, que es la línea telefónica gratuita del Ministerio de Salud de Argentina para informar sobre los centros de ayuda para los que desean dejar de fumar.
También dispone que no se deberán vender cigarrillos a menores de 18 años; se prohíbe vender cigarrillos a través de máquinas expendedoras porque no se puede verificar la edad del comprador; no se puede fumar en lugares de trabajo cerrados y en cualquier espacio cerrado con acceso al público. Debe haber carteles visibles que recuerden la prohibición; se regula la composición de cigarrillos en alquitrán con un máximo de 10 miligramos, de nicotina a 1 miligramo y monóxido de carbono en 10 miligramos; está permitido fumar en patios, terrazas, balcones y demás áreas al aire libre, excepto en hospitales y escuelas. Los que no cumplan la ley podrían ser multados.


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