Aclararon que la ley antiminera no impide la remediación

El Gobierno provincial finalmente aclaró que la ley 7.722 (“antiminera”) no es un impedimento para remediar los pasivos ambientales que dejó la explotación de uranio en la mina Sierra Pintada, de San Rafael.
El Gobierno provincial finalmente aclaró que la ley 7.722 ("antiminera") no es un impedimento para remediar los pasivos ambientales que dejó la explotación de uranio en la mina Sierra Pintada, de San Rafael. La aclaración fue realizada por el secretario de Ambiente, Marcos Zandomeni, aunque la duda ya había sido saldada con anterioridad por su antecesor en el cargo, Guillermo Carmona.

El actual diputado nacional emitió en el 2008 una resolución para avanzar todo lo posible con la remediación de las colas de uranio que quedaron en la zona, tras aclarar en el mismo escrito que el marco legal lo permite. A pesar de la existencia de esta resolución y de otra sancionada por la Legislatura provincial para fijar los alcances de la ley 7.722, en las últimas semanas se dijo desde el mismo Gobierno que la ley antiminera bloqueaba la remediación en Sierra Pintada, pues prohíbe la utilización de ácido sulfúrico en minería, un compuesto necesario para retirar las colas de uranio.

Así lo había indicado el director de Minería de la provincia, Carlos Molina, durante un foro que se realizó en la UNCuyo semanas atrás. Molina afirmó concretamente allí que "se debe hacer una excepción a la ley 7.722 para hacer la remediación". Evidentemente, el director de Minería no estaba al tanto de las resoluciones que solucionan la controversia y el propio Zandomeni tenía sus dudas, las cuales se terminaron cuando este último se puso a revisar el archivo.

Las dudas se originaron en el artículo 1 de la ley 7.722, sancionada en el 2007, que prohíbe el uso de ácido sulfúrico en las actividades de "cateo, prospección, exploración, explotación y/o industrialización de minerales metalíferos". Como el ácido sulfúrico es una sustancia necesaria para extraer el uranio de los recipientes con residuos donde quedó dispuesto ("si hay otro método, yo no lo conozco", expresó el director de Minería en el foro de la UNCuyo), desde mayo, el Gobierno manejaba la versión de que la remediación de Sierra Pintada no se puede realizar.

Pero, en los últimos días, la Secretaría de Ambiente tomó constancia de que desde el 2008 existe una pieza que elimina todas las dudas. Primeramente, la resolución 233 del ex secretario Carmona hace alusión a una resolución de la Cámara de Diputados (Nº1.282) que establece que la prohibición de uso de sustancias tóxicas para la minería "en ningún caso alcanza la remediación de pasivos mineros".

Hecha la salvedad, la resolución 233 fija que la Dirección de Saneamiento y Control Ambiental deberá arbitrar "con celeridad" todas las medidas técnicas y legales idóneas para que la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA) realice la remediación de pasivos e, incluso, sostiene que la Secretaría de Ambiente debe intervenir en las actuaciones judiciales generadas por el conflicto ambiental en Sierra Pintada. Sin embargo, el sucesor de Carmona en la Secretaría de Ambiente es menos temerario. "Se pueden remediar los pasivos, pero el plan de obras lo maneja el juez", señaló Zandomeni al ser consultado por su rol frente a la polémica de las colas de uranio.

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