ABSA: la Justicia volvió a frenar la suba del 180%

El juez Luis Arias declaró nulo el decreto provincial que permitía ese incremento en la tarifa del servicio y obligó a la empresa prestataria del servicio de agua corriente a devolver los aumentos ya cobrados.
En medio de las marchas y contramarchas que se originaron a fines de abril, cuando se anunció el fuerte incremento de la tarifa, en las últimas horas la Justicia en lo Contencioso Administrativo de La Plata declaró nulo el decreto mediante el cual el gobierno bonaerense dispuso un aumento del 180% en el servicio de agua y cloacas que presta ABSA y obligó a la empresa a restituir a los usuarios el incremento ya cobrado.

El fallo fue dictado por el doctor Luis Arias --el mismo que le ordenó al gobernador Daniel Scioli pagar el medio aguinaldo completo--, tras hacer lugar a una acción de amparo interpuesta por el diputado Oscar Negrelli (CC-ARI), las Defensorías del Pueblo provincial y de la capital bonaerense, organizaciones defensoras de consumidores y usuarios particulares, entre otros.

El magistrado anuló el decreto 245/12 por el que el Ejecutivo dispuso la suba, señalando que se incumplió, previo a la concreción del aumento, una audiencia pública que permita "el acceso de los usuarios a una información adecuada y veraz, presupuesto ineludible para evaluar la razonabilidad de la tarifa".

"Los usuarios no han tenido participación alguna en el procedimiento de revisión tarifaria, ni han sido informados de las razones o motivos del aumento", sostuvo Arias en la resolución.

Agregó que "el derecho a acceder a información pública --mediante la realización previa de la audiencia pública-- juega un rol fundamental en la transparencia de los actos de gobierno, y por lo tanto en la prevención de actos de corrupción".

En consecuencia --apuntó el juez-- "no puede perderse de vista el análisis económico del derecho a la información, cuando el servicio en cuestión se presta en condiciones monopólicas, pues la escasez de información obtura la posibilidad de controles tarifarios y permite explicar ciertos fenómenos como la distorsión de los precios".

Arias desestimó la exposición de ABSA, que sostuvo que la convocatoria a una audiencia pública previa a "la aprobación de un nuevo régimen tarifario, no se encuentra prevista en el ordenamiento jurídico vigente, toda vez que la Ley 11.820 ha sido derogada a partir del año 2003".

El magistrado dijo que "en el caso del servicio público de provisión de agua potable y desagües cloacales en la Provincia, el marco regulatorio exige expresamente el cumplimiento de tal recaudo, con carácter previo a la modificación del régimen tarifario".

Idas y vueltas. El 27 de abril pasado se publicó en el Boletín Oficial el incremento del 180% en las boletas de agua, con lo cual la suba se hizo oficial.

Desde la empresa, en esa oportunidad, aclararon que se iban a mantener vigentes las tarifas de interés social para usuarios de escasos recursos.

A fines de mayo, el juez Arias frenó el aumento, aunque a principios del mes pasado la Cámara en lo Contencioso Administrativo dejó sin efecto esa medida y dio luz verde al tarifazo.

Sin embargo, ahora el magistrado de primera instancia volvió a detener el incremento y parece que la batalla judicial va a continuar.

Orden y respuesta

* Marcha atrás. El juez le ordenó a ABSA emitir la facturación con el régimen anterior al decreto 245/12 y restituir el dinero a quienes hayan pagado, dentro de un plazo de 30 días, con intereses.

* Apelarán. Desde ABSA se adelantó que aún no fueron notificados del fallo y que, de confirmarse esta medida, la van a apelar.

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