Los abortos por violación, suspendidos

Lo dispuso un juez. La medida alcanza a los hospitales provinciales, y sólo para los casos de abuso sexual. El Clínicas y la Maternidad Nacional lo harán según la guía nacional.
14/04/2012 00:00

Por Redacción Día a Día

La guía para la atención de abortos no punibles en los hospitales provinciales, publicada el 30 de marzo pasado por el Ministerio de Salud de Córdoba, fue suspendida provisoriamente para los casos de violación. Así lo dispuso el juez en lo Civil y Comercial Federico Ossola, quien hizo lugar a un amparo y dictó una medida cautelar.

Desde la Provincia, aseguraron que acatarán la resolución e intentarán revertirla judicialmente, mientras que los hospitales que dependen de la Universidad Nacional de Córdoba seguirán los parámetros de la guía nacional, ya que no están alcanzados.

El juez hizo lugar “parcialmente” a un recurso de amparo presentado días atrás por la asociación civil Portal de Belén, que solicitó la suspensión los abortos no punibles. Cuestionan que baste una declaración jurada para acreditar la violación y solicitar la práctica.

El juez frenó el aborto no punible para los casos de violación, pero no avanzó sobre los otros previstos en artículo 86 del Código Penal (riesgo para la vida o la salud de la madre) ni para los casos de atentado al pudor cometido contra una mujer idiota o demente. En ambos supuestos, el aborto no es punible en el ámbito de los hospitales provinciales. La cuestión de fondo, la validez de la guía elaborada por el Ministerio de Salud provincial, no fue resuelta, ya que es parte de un debate.

Funcionarios de primera línea del Gobierno provincial opinaron que la suspensión se da en un “plano abstracto”, ya que no hay por ninguna mujer a la espera de la realización de un aborto no punible en hospitales provinciales.

“A partir de esa guía que había publicado el Ministerio de Salud, que es una resolución y no una ley, en los hospitales públicos cualquier mujer que presentara una declaración jurada diciendo que había sido violada, podía pedir que se le realice un aborto no punible”, dijo Rodrigo Agrelo, abogado del Portal de Belén.

Esa guía fue publicada luego de un fallo de la Corte Suprema de la Nación, en el que se exhortó a las provincias a garantizar el acceso a esta práctica a las mujeres víctimas de una violación.

Sigue en la UNC. La resolución de Ossola no alcanza a los hospitales que dependen de la UNC, el Clínicas y la Maternidad Nacional. “Nuestros hospitales están bajo jurisdicción federal, y éste es un amparo de la Justicia provincial que afecta al Ministerio de Salud provincial”, señaló Gustavo Irico, decano de Ciencias Médicas de la UNC. En ambas instituciones se seguirá realizando la práctica con los parámetros de la guía de la Nación, elaborada en 2010, protocolo que prevé un trámite más sencillo que el que fijó la Provincia: bastará la constancia de denuncia o una declaración jurada de la mujer o su representante legal para solicitar la práctica.

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