El aborto se decide en no más de 10 días

A partir de ayer, Córdoba tiene su propia guía de aborto no punible. No hará falta una denuncia sino declaración jurada.

Después de una semana de debate, el Ministerio de Salud provincial publicó ayer su propia guía de aborto no punible, que está vigente para todos los centros de salud públicos y privados de Córdoba. Los hospitales o clínicas tendrán un plazo máximo de 10 días para realizar la práctica. Cada mujer que solicite esta intervención deberá firmar una declaración jurada, en la cual se testifique la violación. No hará falta una denuncia.

El documento fue publicado ayer, a las 16.05, en la página web del Gobierno provincial: www.cba.gov.ar. Se trata de la resolución 093/12, con la que el Ministerio de Salud provincial reglamentó la interrupción del embarazo en casos de violación y en los que está en peligro la vida o salud de la mujer.

Entre sus puntos más importantes, el documento destaca que el aborto no punible es “aquel que se practique respecto de todo embarazo que sea consecuencia de una violación, con independencia de la capacidad mental de la víctima”. Se despeja de este modo cualquier duda en la interpretación del artículo 86, inciso 2, del Código Penal. A tono con el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Cada mujer que solicite esta práctica –establece el documento–, deberá realizar una declaración jurada, “en la que se hará constar que el embarazo es producto de una violación”. No hará falta una denuncia, aunque sí será necesario un consentimiento informado, según detalla el artículo 2, inciso D. En caso de que la mujer sea menor de 18 años o incapaz, deberá acudir con su representante legal.

Otro punto sustancial de esta guía es el plazo máximo para efectuar el procedimiento. No podrán superarse los 10 días, desde que la mujer o su representante solicite la intervención.

Por escrito. Los médicos que por cuestiones personales no quieran realizar estas prácticas deberán declararse como “objetores de conciencia”. El trámite deberá realizarse por escrito, dando aviso al director del hospital. La abstención quedará archivada en la Secretaría de Atención Médica del Ministerio de Salud, pero no habrá listas públicas con estos nombres.

La objeción no implicará sanciones para el médico. Pero sí se penalizará “la información falsa o la dilación injustificada por parte de los profesionales de la salud o las autoridades”. Las sanciones serán administrativas, civiles o penales, según establece el artículo 2.

La guía local difiere en varios aspectos de la “Guía técnica para la Atención Integral de Abortos no Punibles”, publicada por el Ministerio de Salud de la Nación en 2007, y ratificada en 2010. En la versión de Córdoba no se detalla hasta qué momento de la gestación es viable un aborto. El protocolo nacional establece un plazo hasta la semana 22, que puede extenderse a la 23 en algunos casos.

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Los objetores se presentarán por escrito

El artículo 3.1, inciso C, define la forma en que deberán presentarse los objetores de conciencia. Es decir, los profesionales que no están de acuerdo con practicar abortos. El trámite se presentará por escrito, ante el director de cada hospital. Y quedará constancia en el archivo de la Secretaría de Atención Médica del Ministerio de Salud provincial. A la espera de estas definiciones se encontraban ayer autoridades y profesionales de la Maternidad provincial. El equipo debe decidir si es viable o no el aborto en una joven de 13 años que lo solicitó por haber sido violada.

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La intervención, entendida como un “proceso”

La resolución del Ministerio de Salud de la Provincia pone un plazo máximo de 10 días para realizar la práctica, desde que se realiza el pedido. Se estima que en este período la mujer tendrá tiempo de interactuar con su médico y, llegado al caso, con un equipo interdisciplinario. Deberá conocer las ventajas y desventajas de la interrupción del embarazo. La mujer tendrá asistencia psicológica permanente, según el artículo 3, inciso F. La resolución no precisa hasta qué momento del embarazo resulta viable practicar un aborto.

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