Por vacíos reglamentarios en Ganancias, temen reclamos de trabajadores y AFIP

Por vacíos reglamentarios en Ganancias, temen reclamos de trabajadores y AFIP

¿Horas extras o plus? ¿y en francos compensatorios? ¿viáticos exentos? ¿liquidación de sumas no percibidas? Estas son sólo algunas de las dudas de las empresas

Las cámaras empresariales y asociaciones profesionales vienen planteando a la AFIP diversos aspectos de la última reforma del Impuesto a las Ganancias para los trabajadores que consideran insuficientemente reglamentados. El temor del sector privado es que, al permitir distintas interpretaciones, den lugar a juicios de los trabajadores o de la AFIP.

 

 

"La reciente reforma a la Ley de Impuesto a las Ganancias a través de la Ley 27.346, y reglamentada parcialmente por la Resolución General (AFIP) 3976/2017, está dando lugar a diferentes interpretaciones que deberían generar respuesta por parte de las autoridades fiscales, ya que sin ellas podría ponerse a los contribuyentes en situaciones que los pueden enfrentar con reclamos", dijo Analía Saitta, de KPMG.

 

 

"En líneas generales, al intentar capturar muchos de los aspectos que se intentaron modificar, los contribuyentes encuentran importantes dificultades materiales en la parametrización de los sistemas de información que permitan el cálculo con certeza de estos conceptos. Estas limitaciones encuentran origen en la mecánica de cálculo del Impuesto que, no fue contemplada al momento de realizar las modificaciones contenidas en la Ley 27.346", añadió Saitta.

 

 

La especialista se refirió así a que, aunque el impuesto es anual y las deducciones y las tablas se aplican sobre la remuneración efectivamente percibida, las deducciones y las tablas, hoy dejó de ser así porque se suma por anticipado una doceava parte del salario mensual, para gravar el aguinaldo. Además, ciertas horas extras pagan Ganancias pero no se computan para pasar la escala. Entonces hay que calcular el impuesto dos veces, uno sin las horas extras, que da por ejemplo una alícuota de 23%, y luego el mismo con las horas extras pero sin pasar de escala.

 

 

"Los sistemas de liquidación de sueldos de las empresas hoy no están preparados hoy", enfatizó Saitta.

Los temas principales que preocupan a las cámaras empresarias y asociaciones profesionales son los siguientes:

 

 

- Nueva exención respecto a horas extras por la incorporación del inciso z) al Art. 20 de la ley: si entienden que el monto que debe ser considerado es el plus de estas horas, dado la falta de claridad en el texto sería necesaria una aclaración.

 

 

- Exención de las horas extras realizadas en "días inhábiles" y "durante los fines de semana": no queda claro si corresponde darle el mismo tratamiento a aquellos trabajadores que por su jornada habitual trabajan los fines de semana, pero realizan horas complementarias en sus francos compensatorios.

 

 

Escala de determinación del impuesto aplicable sobre el valor de las horas extras alcanzadas por el impuesto a las Ganancias: conforme la reforma establecida las horas extras no se computarán a los fines de modificar la escala del impuesto. No obstante, no se menciona como debe ser realizado el cálculo.

 

 

Deducción de los alquileres: recién anteayer se dieron a conocer informalmente las precisiones que la AFIP estará reglamentando.

 

 

- Sueldo Anual Complementario: la mecánica prevista por la norma implica que se va a estar ingresando Impuesto a las Ganancias por sumas aún no percibidas, sin embargo la reglamentación no ha contemplado el tratamiento que corresponde otorgar, entre otros, a los pagos anticipados de aguinaldo.

 

 

Viáticos: la terminología utilizada, al considerar los montos abonados en concepto de viáticos como mayor renta, genera dudas, ya que puede confundirse con aquellos reintegros de gastos que deben estar a cargo del empleador y no generan un desplazamiento patrimonial a favor del empleado.

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