TRAGEDIA EN LA UNSJ

TRAGEDIA EN LA UNSJ
Sobreseen al rector Nasisi por la muerte en Ingeniería

El juez Rago Gallo también dispuso el procesamiento de Alfredo Daroni y de José Fredy Baldivieso.

Por el caso de la muerte de un estudiante en la Facultad de Ingeniería por una descarga eléctrica, la Justicia Federal les dictó el sobreseimiento al rector Oscar Nasisi y al exsecretario de Obras y Servicios de la UNSJ, Guillermo Coto. En cambio dispuso el procesamiento de José Fredy Baldivieso, expresidente del Comité Central de Higiene y Seguridad de la casa de estudios, y de Alfredo Daroni, exsecretario administrativo financiero de la Facultad de Ingeniería, según confirmaron fuentes judiciales.

Otro exfuncionario universitario que será investigado y fue convocado para tomarle declaración indagatoria el lunes 3 de junio es Joaquín Roso, exsecretario de Obras y Servicios de la UNSJ.

El juez federal Leopoldo Rago Gallo consideró que Baldivieso y Daroni incurrieron, dentro de los delitos contra la vida, en imprudencia o negligencia en la muerte del alumno de Agrimensura. El castigo es de prisión de 6 meses a 3 años e inhabilitación especial por 5 a 10 años. Y dentro de los delitos contra la administración pública consideró que son responsables de los delitos de abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público, que tienen una pena de prisión de 1 mes a 2 años e inhabilitación especial por el doble de tiempo. En la práctica significa que no irán a prisión. En cambio, el magistrado dispuso trabarles un embargo en sus bienes por 300.000 pesos a cada uno.

Para Nasisi y Coto, la Justicia consideró que no tuvieron responsabilidad en los delitos que les imputaron, es decir que en la práctica quedaron desvinculados de la causa penal.

Para tomar la decisión, el magistrado tuvo en cuenta un relevamiento posterior al accidente que provocó la muerte del estudiante que reveló que las instalaciones eléctricas del Departamento de Agrimensura no cumplían con las normas de protección y de seguridad suficientes. Por ejemplo, que no se contaban con los aparatos necesarios para la desviación del sistema eléctrico, no había disyuntores, diferencias en los circuitos y que el tablero era “obsoleto”.

“Estos fueron factores que provocaron el resultado”, dice la resolución judicial con referencia a la muerte del joven.

La causa

La decisión judicial tiene lugar en el marco de la causa caratulada ‘Actuaciones investigativas por fallecimiento de Fernando Ernesto Reynoso Fernández c/autores desconocidos‘. Es el caso del joven que murió por un shock eléctrico mientras realizaba una práctica en Ingeniería. Y que motivó que se iniciara primero una causa en el Quinto Juzgado Correccional a cargo del juez Juan Carlos Caballero, pero que se declaró incompetente y la pasó a la Justicia Federal porque la muerte ocurrió en un ámbito con jurisdicción nacional. Entonces intervino Rago Gallo, quien entre las primeras medidas ordenó que se les tomara declaración testimonial, es decir que no estaban imputados de haber cometido ningún delito sino que debían responder sobre los temas que conocían respecto a los hechos. Entre ellos pasaron por las oficinas federales, Nasisi, que por aquel entonces era decano de Ingeniería, y el exrector Benjamín Kuchen.

Según las fuentes, Kuchen quedó en aquel momento despegado de la investigación judicial, pero no ocurrió lo mismo, por ejemplo, con Nasisi. E incluso el tema apareció durante la campaña electoral en la que la fórmula Nasisi-Coca terminó accediendo al Rectorado de la casa de estudios en la segunda vuelta del proceso, el 15 de junio del año pasado.

En oportunidad de su declaración, Nasisi fue interrogado sobre un expediente iniciado el 3 de agosto de 2009, tras realizarse en el departamento de Agrimensura un relevamiento en las instalaciones eléctricas. Ese informe, ordenado por el entonces director del Departamento de Agrimensura, Hernán Alvis Rojas, reveló 6 meses antes de que ocurriera la muerte del estudiante había serios problemas con el sistema eléctrico. Pero ni las autoridades de la Facultad ni en el Rectorado se habrían tomado las medidas para solucionar los inconvenientes.

Pero, en el caso del rector, el magistrado tuvo en cuenta que al momento del accidente Nasisi no había tomado contacto con un informe del Departamento de Mantenimiento referidos a cuestiones eléctricas y de seguridad. Por eso en la resolución judicial se sostiene que Nasisi “no tiene responsabilidad penal en el hecho que se investiga, por cuento si existe un deber normativo extrapenal como decano de la Facultad, fue cumplido dentro de su ámbito de incumbencia...”.

En el caso de Roso, el juez considera que como secretario de Obras y Servicios de la casa de estudios debió requerir al Rectorado la inclusión de las partidas necesarias en el presupuesto anual de la Universidad para que se solucionaran los inconvenientes en las instalaciones eléctricas que habían sido las causantes de la muerte del joven estudiante.

Por la parte querellante, el abogado de la familia Reynoso, Leopoldo Fachinelli, dijo ayer que todavía no le habían comunicado la decisión judicial y que por lo tanto no podía anticipar los pasos que iba a tomar. Y que la demanda civil seguía su curso (ver aparte).

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