Tiene fecha el segundo juicio por Yacyretá, una estafa de 190 millones de dólares que ocurrió hace 30 años

Tiene fecha el segundo juicio por Yacyretá, una estafa de 190 millones de dólares que ocurrió hace 30 años

Será en octubre próximo. La causa se inició en 1989. Serán juzgados tres empresarios por administración fraudulenta. En el primer juicio fueron condenados ex funcionarios

Se lo llamó el "monumento a la corrupción" por los negociados ilegales que se hicieron. Pero esa definición también sirve ahora para describir la cantidad de años que pasaron desde que ocurrió el hecho: 30. Se trata de la represa hidroeléctrica Yacyretá que tiene una causa judicial abierta desde 1989 y que este año tendrá su segundo juicio oral y público.

El Tribunal Oral Federal 4 fijó para el próximo 4 de octubre el inicio del proceso contra tres empresarios acusados de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública por 190 millones de dólares.

La causa se inició el 14 de octubre de 1989 cuando regía un Código Procesal Penal que ya no existe y todavía no se habían creado los tribunales orales. ¿Por qué 30 años después se hace el juicio oral? "Porque la causa tuvo ideas y vueltas, subidas y bajadas entre los jueces que investigaron y la Cámara Federal que la revisó más el tiempo que estuvo dormida", le explicó a Infobae una de las fuentes que trabaja en el caso.

Yacyretá es un complejo hidroeléctrico que une la Argentina, en la provincia de Corrientes, con Paraguay, a través del río Paraná. Es la obra civil más grande del país que se comenzó a construir en 1984 y se inauguró una década después.

En octubre de 1989 el contador Antonio Casanoba presentó la denuncia que dio inicio a la causa. Sostuvo que se cobraron reembolsos impositivos de manera ilegal. Concretamente se trató del cobro indebido del 15 por ciento de reembolsos impositivos por el hormigón que se usó para la construcción de la represa y el 25 por ciento por los neumáticos utilizados en la obra. En total fueron 191.004.275,394 de dólares de fraude al estado.

Los jueces que harán el juicio oral a los empresarios

Por esos hechos fueron procesados Guillermo Henin, director de Dicmar SA, Gianfranco Rizzo, representante de Impregilo SA, una de las empresas contratadas, y Robert Ortega, a cargo de las adjudicaciones.

La causa primero fue prescripta por el entonces juez federal Carlos Liporace, luego la Cámara Federal confirmó una parte de la prescripción, pero ordenó que se investigue otro tramo. Los tres empresarios fueron procesados, luego sobreseídos, nuevamente procesados y elevados a juicio oral en septiembre de 2017 por el juez Daniel Rafecas.

Ese año la causa quedó radicada en el Tribunal Oral Federal 4 y los jueces Gabriela López Iñiguez, Néstor Costabel y Daniel Obligado fijaron el inicio del juicio contra los tres acusados para el próximo 4 de octubre. El fiscal será Abel Córdoba y está previsto que declaren 30 testigos.

Será el segundo juicio oral por el "monumento a la corrupción". El primero concluyó el abril de 2013 cuando el Tribunal Oral Federal 6 condenó a seis ex funcionarios de la Subsecretaría de Industria de la Nación -entre ellos el ex subsecretario Miguel Ángel Cuervo– a penas de entre cuatro y tres años de prisión por el reintegro ilegal de más de 17 millones de dólares a la empresa italiana Ansaldo Energía Spa por la venta de cinco generadores para Yacyretá.

Antes del juicio, uno de los acusados –Henin– pidió la prescripción del caso o que se aplique el plazo razonable. Se trata de una figura por la cual el imputado queda desvinculado por el excesivo paso del tiempo del expediente sin respuesta y por el que no puede ser responsabilizado porque es una obligación del estado dar una respuesta en un tiempo oportuno. La Cámara Federal de Casación Penal aplicó el año pasado el plazo razonable para sobreseer al ex presidente Carlos Menem de su condena a siete años de prisión por el tráfico de armas a Croacia y Ecuador.

Pero los jueces del tribunal oral rechazaron el planteo. "No puede saberse, a ciencia cierta y de modo abstracto, qué es un plazo razonable. Además, no existe en la legislación nacional un parámetro uniforme que permita hacer esta valoración. Desde tal perspectiva, se observa que si bien el proceso reconoce un origen lejano en el tiempo, no es menos cierto que en su desarrollo la investigación se vio complejizada por múltiples factores que incidieron en su tramitación", señalaron los magistrados Iñiguez, Costabel y Obligado para rechazar el planteo.

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