Es un proyecto que da mayores opciones para acceder a la vivienda y actualiza una ley anterior.
El plan radicar salud ahora deberá ser tratado en la Cámara de Diputados.
“El proyecto implica la derogación la ley anterior del 2011 sobre el tema pero conserva el mismo objetivo y fundamento con distintas modalidades para que los profesionales tengan su hogar”, señaló Mabel Leyes, senadora provincial del Partido Justicialista (PJ) por el Departamento Belgrano y presidente de la Comisión de Salud de la Cámara alta, quien subrayó que el nuevo reglamento del Plan Radicar Salud “reafirma la importancia de las políticas del Estado del gobierno provincial”.
“La ley permite garantizar con equidad el servicio en los distintos pueblos y ciudades de la provincia”, afirmó el Ministro de Salud, Gastón Hissa, quien subrayó que otra ventaja que aportará la nueva legislación es que los médicos, al contar ahora con opciones que no implican la compra definitiva del inmueble, podrán radicarse en distintas localidades puntanas y sumar así una mayor experiencia personal y profesional.
El artículo 10 de la norma, que ahora deberá ser tratada en la Cámara de Diputados, establece que los profesionales y técnicos de la salud que aspiren a acceder a los beneficios deberán estar matriculados para el ejercicio de su profesión en la provincia. También determina que en los casos de leasing, adjudicación en venta de vivienda y adjudicación en venta de lotes u otorgamiento de créditos para materiales de la construcción, el titular no podrá tener dominio o condominio sobre el inmueble.
El texto indica que los beneficiarios y sus familiares deberán ocupar el hogar en un plazo máximo de 15 días después de entregada la casa. Además tendrán que mantenerla en “perfecto estado de uso, conservación y limpieza”; estar al día con el pago de impuestos tasas y contribuciones provinciales y municipales; y permitir la inspección de la propiedad cuantas veces las autoridades lo estimen conveniente o necesario.
Si los médicos incumplieran con las exigencias el Gobierno podrá determinar el desalojo de la vivienda con rescisión del contrato, pérdida de las sumas de dinero abonadas y de las mejoras introducidas en el inmueble.
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