Senado aprobó Policía Judicial en los términos del sciolismo

Tras un largo cuarto intermedio y una negociación con el kirchnerismo, se aprobó esta tarde por unanimidad el proyecto de ley de Policía Judicial en la Cámara Alta bonaerense.
Los miembros de La Juan Domingo se anotaron una victoria en el senado mariottista -en alianza con la oposición-, al lograr la modificación del artículo 35, que ya no solicita su “acuerdo” para efectuar el nombramiento de autoridades de la fuerza, que quedará enteramente en manos de la Suprema Corte bonaerense.

Si bien eran varios los puntos que suscitaban posturas encontradas en el marco de un proyecto de 62 artículos, los Senadores de La Juan Domingo impusieron su criterio y lograron plasmar en la ley sus objeciones al artículo 35 del dictamen tratado, que se refiere a la designación de las autoridades del cuerpo y, en alianza con la oposición, forzaron un cuarto intermedio.

Se señalaba en ese apartado que “La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, designará a las autoridades en sus cargos, previo acuerdo del Senado”, una modificación al proyecto original que proponía que únicamente el máximo tribunal de Justicia tomara cartas en el asunto.

Sin embargo, la posición de los senadores “díscolos” del oficialismo, en acuerdo con sectores de la oposición, llevaron a convocar a un cuarto intermedio, en el cual el vicegobernador Gabriel Mariotto debió negociar para lograr destrabar la situación.

Así, el esquema de discusión planteado por el kirchnerismo en la Legislatura –esto es, alianzas “tácticas” con la oposición para lograr acuerdo en pedidos de informe, por ejemplo-, se revirtió, esta vez a favor del sciolismo, al lograr que el “acuerdo” del Senado para designar autoridades se transforme en una “entrevista pública en la Legislatura provincial”.

Más allá del debate por la designación de las autoridades, se modificaron las “competencias” de la fuerza, detalladas en el artículo 4, y a través de una cláusula transitoria, al permitir que se amplíe “gradualmente a otros delitos”, a criterio de la Procuración.

La mencionada cláusula dice, textualmente, que “La competencia establecida en el artículo 4 se ampliará gradualmente a otros delitos en función de las evaluaciones realizadas por la Procuración General de la Provincia, tomando como base los avances informados respecto a los grados de implementación de la presente ley”.

Otras modificaciones pasan por la modificación del inciso D, del artículo 5, referido a la “objetividad” de la Fuerza, puede leerse ahora: “El Cuerpo de Investigadores Judiciales actúa con criterio objetivo, evitando todo tipo de discriminación política, social, económica, religiosa, racial, cultural, ideológica, sexual, de género o de cualquier otra índole. Aporta elementos de convicción a todas las partes de proceso. Se considera falta grave el ocultamiento de elementos de convicción favorables a cualquiera de las partes”, cuando antes se refería únicamente a “la defensa”.

También se operó una pequeña modificación del artículo 6, inciso E, que enumera las “incompatibilidades e inhabilidades” para formar parte del Cuerpo de investigaciones. Allí se optó por que el texto señale “Haber sido excluido de las fuerzas armadas, de seguridad, policiales, del servicio penitenciario u organismos de inteligencia por delitos o faltas”. Estas "faltas", estipulaba en principio, debían "estar relacionadas con las actividades reguladas por la presente", por lo cual se definió su modificación.

Fue eliminado, además, el inciso G del Artículo 9, que establecía las “funciones y atribuciones” del Director General del Cuerpo de Investigadores Judiciales en orden a “Evaluar y decidir la intervención del Cuerpo de Investigadores Judiciales cuando lo requieran magistrados de otros fueros”.

La creación de la Policía Judicial –ahora Cuerpo de Investigadores Judiciales-, es una deuda pendiente con el artículo 166 de la Constitución bonaerense, requirió aportes a través de Foros de Debate que aportaron al proyecto remitido por el Ejecutivo bonaerense.

A los foros, que circularon por cada una de las secciones electorales de la Provincia, siguió un plenario de comisiones abierto a los diputados para luego emitir el dictamen que fue considerado hoy en sesión ordinaria de este estamento legislativo, que, de todas formas, deberá ser abordado, en trámite normal, por la Cámara de Diputados para continuar con el trámite legislativo.

Entre otras, se modificaron algunas cuestiones procedimentales del proyecto: ahora, los fiscales de instrucción podrán convocar al Cuerpo de Investigadores, que además de tener asiento en cada departamento judicial, contará con delegaciones en todos los distritos. De esta forma, señalaron los legisladores, se buscará darle “celeridad” a la intervención de la fuerza en el caso de que la urgencia lo requiera.

El proyecto da al Ejecutivo un plazo de 6 meses –a partir de la aprobación legislativa- para que nombre a las autoridades de la fuerza, y establece que la prueba piloto se realice a partir de 2013 en el departamento judicial de Mar del Plata –compuesto por Balcarce, General Alvarado, General Pueyrredón y Mar Chiquita-. En tanto, da un plazo de 5 años para que la fuerza funcione óptimamente en toda la Provincia.

La Procuración General de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires tiene a su cargo la administración general del Cuerpo de Investigadores Judiciales.

Se crea en el ámbito de la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires el Observatorio Parlamentario del Cuerpo de Investigadores Judiciales, organismo que acompañar la implementación de la presente ley en el marco del cumplimiento de sus objetivos y formulará recomendaciones que contribuyan con el normal y adecuado desarrollo institucional del Cuerpo.

Ahora, tras la aprobación del Senado, tendrá que ser analizado por los diputados para obtener su sanción, y si bien el proyecto ha tenido una exposición importante en distintos estamentos, hay quienes sostienen que allí el debate se iniciará desde el principio y de hecho ya advierten que no están contempladas en el Presupuesto 2013 partidas para la puesta en marcha del Cuerpo de Investigadores Judiciales

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