Según el pliego que analiza el HCD, la CEZ no puede presentarse

Así surge de la lectura del artículo 13 del Pliego de Bases y Condiciones que el Ejecutivo Municipal elevó al HCD y que deberá ser tratado antes de fin de año, a fin de proceder al llamado a licitación de los servicios que hoy presta en carácter transitorio “Agrotécnica Fueguina”
Mientras la CEZ salió a través de sus medios cautivos –varias radios, un canal de cable, un diario-, a difundir su ambigua posición respecto de la prestación de un servicio público que estuvo bajo su responsabilidad durante los últimos 14 años, manifestando que “evaluarían si se presentan o no” a la nueva licitación pública por la recolección de residuos sólidos urbanos, lo cierto es que el Pliego de Bases y Condiciones que el Ejecutivo elevó al HCD contiene varias cláusulas que importarían el rechazo de la oferta de la CEZ si optara por presentarse.

Transcribimos el art. 13 del Pliego, “Impedimentos para ser oferente”, que puede ser consultado por cualquier vecino en la página oficial del municipio´http://municipiodezarate.com.ar/wp-content/uploads/2012/10/PLIEGO-RECOLECCION-ZARATE.pdf.

1. No podrán concurrir como oferentes a la presente Licitación:

1.1. Las sociedades cuyos accionistas, directores, apoderados o representantes

hayan sido condenados por delitos económicos y/o ambientales con sentencia firme.

1.2. Los deudores morosos, con o sin demanda judicial, de cualquier repartición

o dependencia nacional, provincial o municipal, por cualquier concepto.

1.3. Los inhabilitados por condena judicial.

1.4. Las Sociedades y Cooperativas integradas por personas físicas o jurídicas cuyos miembros del directorio, consejo de administración, consejo de vigilancia, accionistas, síndicos y/o gerentes resulten agentes y/o funcionarios – bajo cualquier modalidad de contratación – de la administración pública municipal, provincial o nacional.

Este impedimento no regirá para aquellos agentes que participen en sociedades en las que intervenga –directa o indirectamente– la administración pública nacional, provincial o municipal, y la participación del agente en la sociedad oferente haya sido decidida como consecuencia de la función que desempeña en la administración pública.

1.5. Los quebrados o concursados civilmente, mientras no obtengan su rehabilitación y los que tuviesen concurso de acreedores pendiente y/o que sus miembros del directorio, consejo de administración, consejo de vigilancia, accionistas, síndicos y/o gerentes se encuentren en la misma situación.

1.6. Los que a la fecha de apertura del Sobre Nº 1 de esta Licitación, se encuentren suspendidos o inhabilitados en el Registro de Proveedores y Contratistas de la Municipalidad, o de cualquier otro municipio del País o Provincia.

1.7. Las sociedades que hayan sido objeto de rescisión de contrato por cualquier causa imputable a la Contratista por parte de la Municipalidad y las sociedades cuyos accionistas y/o miembros del directorio, hayan participado de sociedades que hayan sido objeto de rescisión de contrato por cualquier causa imputable a la Contratista por parte de la Municipalidad.

1.8. Los que no cumplan con lo exigido en el Artículo 14 («articulo 14: GARANTÍA DE LAS OFERTAS.»)

1.9. Las sociedades que hubieran tenido rescisión de contratos por causas imputables a la Contratista con cualquier municipio del país, provincia o el estado nacional por si mismas o a través de sociedades controladas, controlantes o vinculadas.

1.10. Los oferentes que en el lapso de diez años a la fecha de la apertura

hayan sufrido sanciones en contratos administrativos penalizadas con multas que superen el 5% (cinco por ciento) de la facturación anual del contrato durante un período igual de tiempo, medido entre la primera y la última de las sanciones consideradas; sea por sí o a través de una sociedad controlante, controlada o vinculada por cualquier modalidad o forma jurídica con el licitante.

1.11. Quienes tengan cuestiones judiciales pendientes con el Municipio, sea

en carácter de actor o demandado, cualquiera sea su causa.

En las próximas semanas el vecino escuchará a ediles de la oposición levantar sus voces por los medios antedichos, los mismos que protestan contra los ataques del Ejecutivo a la libertad de prensa por ser excluídos de la pauta municipal y cuyo principal sponsor es la CEZ, para protestar contra la proscripción de la CEZ en la licitación de la recoleccion de residuos sólidos urbanos de nuestra ciudad.

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