Según Martínez, no se entregaron dádivas

Según Martínez, no se entregaron dádivas

Será para el pago de tributos municipales y deudas por multas del Juzgado de Faltas.

La municipalidad de la Capital mandará hoy o a más tardar el próximo lunes un proyecto de ordenanza al Concejo Deliberante para implementar una nueva moratoria para el pago de tributos y deudas por multas del Juzgado de Faltas. Será por 60 días y prevé la condonación de intereses que va del 90 al 30 por ciento, según el plan de pago que el contribuyente adhiera.

Al igual que la nación, que sacó una moratoria junto a la ley de blanqueo y pago a jubilados, la comuna prevé implementar un régimen de facilidades para que los contribuyentes paguen los tributos y multas con importantes beneficios; pero además el Municipio pretende  mejorar la recaudación e incrementar las arcas comunales.

El gobierno de la provincia también haría lo propio con una ley de moratoria de impuestos provinciales que mandaría en los próximos días a la Legislatura provincial.

El proyecto de moratoria municipal ya está terminado y sólo faltaría la firma del intendente Raúl Jalil para ser remitido al Concejo. Se estima que este trámite se estaría cumplimentando en la jornada de hoy o el lunes.

La iniciativa establece un régimen excepcional de facilidades de pago que se aplicará para la cancelación total de deudas vencidas al 30 de junio de 2016 inclusive, en concepto de tributos cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentra a cargo de la dirección de Rentas de la municipalidad, incluyendo sus intereses, recargos y multas y en concepto de multas establecidas en el Código Municipal de Faltas.

También incluye las obligaciones que se encuentran en curso de discusión administrativa o sean objeto de un procedimiento administrativo o judicial, siempre y cuando el demandado se allane a las obligaciones regularizadas y en su caso, desista y renuncie a toda acción y derecho, incluso el de repetición, asumiendo el pago de las costas y gastos causídicos.

Los que se acojan al régimen serán beneficiados con la exención y/o condonación de los intereses, recargos y multas que no hayan sido cancelados con anterioridad a la puesta en marcha de la moratoria en el caso de obligaciones tributarias y de la exención y/o condonación de los intereses, en el caso de multas establecidas en el Código Municipal de Faltas. La tasa de interés de financiamiento será del 1,5 por ciento mensual. 

Puntualmente, los beneficios establecidos en la iniciativa son: Deudas tributarias

A: Del 90% de los intereses y multas adeudadas si se cancela en un solo pagoB. Del 70% de los intereses y multas adeudadas si el pago se formula en hasta tres cuotas sin interés de financiaciónC. Del 50% de los intereses y multas adeudadas si el pago se formula en hasta 12 cuotasD. Del 30% de los intereses y multas adeudadas si el pago se formula hasta 36 cuotas  Multas Código de faltas E. Del 90% de los intereses adeudados si se cancela la deuda en un solo pagoF. Del 70% de los intereses adeudados si el pago se formula en hasta tres cuotas sin interés de financiaciónG. Del 50% de los intereses adeudados si el pago se formula en hasta 12 cuotasH. Del 30% de los intereses adeudados si el pago se formula en hasta 36 cuotas. 

Sanciones para los incumplidores

En cuanto a las sanciones, se prevé que a la falta de pago al vencimiento de dos cuotas consecutivas o alternadas no se podrá suscribir a un nuevo plan por las obligaciones y sus intereses incluidos en el plan caduco.

Además, los contribuyentes o responsables que presenten deuda exigible al 30 de junio gozarán de una reducción del 15 por ciento sobre los impuestos que inciden en cementerios e inmuebles correspondientes al periodo fiscal 2017.

Asimismo, establece descuentos adicionales cuando la deuda se cancele mediante adhesión a débito automático, pero no podrá exceder del 10 por ciento del total a pagar.

El monto de la cuota no podrá ser inferior a la suma de 300 pesos, salvo que se trate de contribuciones sobre los inmuebles y contribuciones que inciden sobre los cementerios, en cuyo caso no podrá ser inferior a los 150 pesos. 

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