Sedición policial en Chaco: declaran la incompetencia de la justicia federal

Sedición policial en Chaco: declaran la incompetencia de la justicia federal

Así lo resolvió, de oficio, la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia. Fue al intervenir en una controversia sobre la instrucción de la causa entre el juez federal de primera instancia y el Ministerio Público Fiscal, que había solicitado la imputación para policías, penitenciarios y civiles.

La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia declaró la incompetencia de la justicia federal para investigar el alzamiento de las fuerzas policiales provinciales durante diciembre de 2013 en reclamo de mejoras salariales. Lo hizo de oficio al intervenir en una controversia entre el juez de primera instancia y la Fiscalía Federal con respecto a quién tendría a su cargo la instrucción de la investigación.

La resolución, que publica en primicia CHACO DIA POR DIA, fue dictada el 8 de julio pasado, y lleva las firmas de los doctores José Luis Aguilar y Ana Victoria Order, miembros de la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia. Fue en el marco del expediente caratulado “Cantero, Juan Ramón; Vivero, Hermindo Angel Ramón; Irrazábal, Elena; D’Alessandro, Martín; Ramírez, Miguel Angel y otros S/Sedición”.

La causa

Vale recordar que la causa fue iniciada de oficio por el equipo de fiscales federales de Resistencia y Presidencia Roque Saénz Peña en virtud de los hechos que tuvieran lugar en diciembre de 2013 cuando personal de la Policía de la provincia del Chaco –de las Divisiones 911 y Atención de la Mujer, en el Complejo Penitenciario II del Servicio Penitenciario Provincial de Presidencia Roque Sáenz Peña, y distintas comisarías de Resistencia –quinta, séptima y décima-, inició una protesta por reclamos salariales, que importó diversas medidas como el acuartelamiento y alzamiento de dicho personal policial.

Luego de una serie de diligencias probatorias, que incluyeron testimoniales de autoridades provinciales y la remisión de diversas actuaciones practicadas por personal preventor y magistraturas, ambos provinciales, los fiscales requirieron al juez federal la instrucción formal de la causa calificando los hechos cometidos en las figuras de “sedición (art. 229 del C.P.) en concurso ideal con el delito de incitación a la violencia colectiva (art. 212 del C.P.) agravado por la ultrafinalidad de aterrorizar a la población (art. 41 quinquies del C.P.)”.

En base a esa profusa instrucción preliminar, los representantes del Ministerio Público Fiscal solicitaron al juez federal Carlos Skidelsky la imputación de 99 personas, incluyendo personal policial, del Servicio Penitenciario Provincial y civiles, entre quiénes se destacaban el comisario Juan Ramón Cantero y su esposa, la abogada Elena Irrazábal.

En lugar de resolver sobre los procesamientos a los imputados, y luego de una serie de diligencias probatorias, el juez Skidelsky dictó un decreto el 16 de abril pasado delegando la dirección de la investigación al Ministerio Público Fiscal, medida que fue apelada por el fiscal federal Patricio Sabadini, lo que motivó la intervención de la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia que, de oficio, declaró la incompetencia. 

Los fundamentos

Entre sus fundamentos para declarar la incompetencia de la justicia federal, los camaristas aclararon que si bien la cuestión de la competencia no había sido cuestionada, la misma “puede y debe ser declarada, aún de oficio, en cualquier estado de la causa”. En ese sentido, advirtieron que “los motivos generadores del reclamo del personal policial de esta Provincia fueron para arrancar medidas o concesiones del gobierno provincial, habiendo involucrado sólo a funcionarios locales, sin la afectación de poderes nacionales, la seguridad de la Nación ni alguna de sus instituciones”.

Agregaron los camaristas Aguilar y Order que “de la pesquisa desarrollada por la Fiscalía Federal no se ha demostrado a priori la lesión a intereses nacionales que justifiquen la intervención de este fuero de excepción, siendo insuficiente para tener por configurado ese extremo –como sustentan los representantes del Ministerio Público Fiscal–que coetáneamente sucedieran hechos similares en diferentes provincias, pues no surge, a más de una semejanza de accionar, ningún elemento que relacione tales acontecimientos para afirmar que respondieran a un plan común o tuvieran una determinada finalidad común”.

Además, los camaristas citaron casos similares acontecidos en otras provincias argentinas y concluyeron que “según surge de los medios de información consultados, en la mayoría de los casos interviene en ellos la justicia local (como ser los casos de Entre Ríos, Córdoba, Tucumán y La Pampa) habiéndose expedido los tribunales en este sentido”.

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