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Le robaron el auto, lo hallaron y tardaron 29 meses en dárselo: la Provincia debe indemnizarlo |
La Justicia dispuso que el Estado provincial pague una indemnización de $7.630 más intereses desde marzo de 2004 a un hombre al que una fiscalía le restituyó su auto -que había sido robado- 29 meses después de que fuera encontrado por la Policía y se iniciara la causa correspondiente.
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La demanda fue presentada por un ciudadano a quien en marzo de 2002 le robaron el auto, un Fiat Duna, que estaba estacionado en la puerta de su casa en San Isidro y que no tenía cobertura de seguro. En julio de 2004 el hombre fue notificado por una fiscalía de Tigre de que había aparecido su vehículo, y éste le fue restituido.
Pero entonces se enteró de que el auto había sido encontrado, sin patente, cinco días después del robo, es decir, 29 meses antes; demora que fue explicada por la fiscalía en que se había tenido que reiterar al Registro Automotor, en tres oportunidades, el pedido de identificación del dueño de la unidad a través del número de chasis.
El hombre consideró injustificada la demora y presentó ante el juez contencioso administrativo de nuestra ciudad Luis Arias una demanda en la que reclamó un resarcimiento de $38.750 más intereses por daños y perjuicios, entre los que incluyó la desvalorización del vehículo por estar 29 meses parado y a la intemperie en un depósito judicial y por los gastos que le generó no poder usar su auto.
La Fiscalía de Estado, en tanto, rechazó la demanda planteando que la responsabilidad pública por los actos judiciales es de carácter excepcional y que en ese marco sólo se concede indemnización a quien haya sido afectado por una "sentencia definitiva errónea". Planteó además que fue el Registro Automotor (un órgano nacional) el que no cumplió su cometido en tiempo y forma.
Pero el juez consideró que no había registro de salida de los dos primeros requerimientos de la fiscalía al Registro Automotor -que a su vez señaló que recibió sólo el último- y entendió que hubo una "deficiente prestación del servicio de justicia, consistente en haber prolongado de modo indebido una conducta lesiva de derechos", y que de ello resulta "responsable el Estado provincial".
El magistrado, con todo, estimó en 22 meses la "demora indebida" (desde que se confeccionó el oficio al Registro Automotor hasta que éste fue efectivamente retirado de la Fiscalía) y no coincidió con la estimación monetaria del perjuicio efectuada por el demandante. Y así, dispuso una indemnización de $7.630 más los intereses según la tasa del Banco Provincia por depósitos a 30 días. |
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