Ya rige la necesidad de justificar ante la AFIP y Rentas el pago de las fianzas

Ya rige la necesidad de justificar ante la AFIP y Rentas el pago de las fianzas
La ley fue promulgada por el Ejecutivo y publicada en el Boletín Oficial. Su autor, Aldo Vinci, dice que ayudará a que no se utilice “dinero ilegal” para pagar una caución.
La ley por la cual es necesario pasar el filtro de la AFIP o de la Agencia Tributaria Mendoza para hacer efectivo el pago de una fianza fue publicada ayer en el Boletín Oficial de la Provincia, por lo que está en plena vigencia.

La idea original fue del legislador demócrata Aldo Vinci, quien explicó que el objetivo es “evitar la obtención ilegal del dinero

necesario para que el acusado quede en libertad”.

Asimismo, el diputado provincial ganso admitió “fuertes quejas” por parte de abogados penalistas, quienes consideraron la iniciativa, ahora ley, como “inconstitucional”. Según el legislador, los abogados penalistas que le hicieron llegar su desagrado con la norma “deberían presentar sus quejas formalmente y discutir la ley donde corresponde, si es que creen que va contra los derechos de los ciudadanos”.

La iniciativa pasó las dos cámaras legislativas y se convirtió en ley el 4 de setiembre, y al aparecer publicada en el Boletín Oficial de ayer, quedó en plena vigencia. Se trata de la norma provincial 8.588, que dice: “Artículo 1º - Modifícase el Artículo 304 del Código Procesal Penal –Ley 6.730– el que quedará redactado de la siguiente forma ‘Artículo 304: Caución Real. La caución real se constituirá depositando dinero, efectos públicos o valores cotizables o mediante embargo, prenda o hipoteca por la cantidad que la autoridad judicial competente determine. Los fondos o valores depositados quedarán sometidos a privilegio especial para el cumplimiento de las obligaciones procedentes de la caución. De la caución real ofrecida, deberá dar vista a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y a la Dirección General de Rentas de la Provincia, para verificar la legalidad del origen de la misma’”.

En su artículo 2º, la norma dice: “Modifícase el Artículo 327 del Código Procesal Penal –Ley 1.908– el que quedará redactado de la

siguiente forma: ‘Artículo 327: La solicitud de excarcelación se pasará en vista al Ministerio Público, el cual deberá expedirse

inmediatamente, salvo que el juez, por la dificultad del caso, le conceda un término que nunca podrá ser mayor de veinticuatro horas; y el juez resolverá enseguida. Asimismo, de la solicitud de excarcelación se dará, con carácter previo, vista a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y a la Dirección General de Rentas de la Provincia (la ATM), para verificar la legalidad del origen de la caución ofrecida’”.

El texto de la norma hace referencia al nuevo Código Procesal Penal, y también al antiguo, que aún rige en el Sur provincia.

Según el autor de la norma, a partir de ahora, quien pone el bien o el dinero para hacer frente a la fianza establecida para un detenido “deberá justificar si es solvente para tener ese dinero o esos bienes, a través del entrecruzamiento de datos con la AFIP y Rentas de la Provincia”.

El objetivo final de la ley es que “no se salga a robar para conseguir el dinero. En muchos casos no es que se hace una vaquita entre familiares y amigos para liberar al detenido”. No obstante, Vinci hace una salvedad importante: si aparece un amigo o familiar del

detenido con suficiente patrimonio para poner la caución, “no hay ningún problema, inmediatamente será liberado, como marca el Código Procesal Penal”.

Respecto de los aspectos operativos de la nueva disposición, Vinci estimó que no serán muy complejos, “ya que ahora es muy fácil consultar por internet la información de la AFIP y de Rentas”.

Las quejas. Aldo Vinci, asimismo, contó que cuando presentó el proyecto, recibió “varias” quejas y presiones de abogados penalistas, quienes ven en la iniciativa una afectación concreta a su trabajo.

“Recibí quejas de abogados, muy enojados, diciendo que la ley es inconstitucional; yo les sugerí que lo planteen en donde corresponde, veremos si lo hacen”.

En el mismo sentido, el legislador indicó que actuó “desde la lógica del ciudadano, no del abogado, yo quiero que si un sospechoso de un delito aparece con 50 mil pesos para pagar un fianza y salir en libertad, esa plata no sea ilegal, sucia, fruto de un ilícito”. En ese sentido, indicó Vinci que las posibilidades de que “se salga a buscar plata” se acotan con la nueva ley que entró en vigencia ayer.

Esta nueva norma, además del apoyo de un amplio grupo de legisladores de ambas cámaras y diferentes partidos, tuvo el expreso apoyo del Gobierno provincial, a través de la figura del ministro de Seguridad, Carlos Aranda. Ese respaldo lo logró Vinci tras un blef del ministro, quien se adjudicó un proyecto de ley como propio, que en realidad era del demócrata.

A principios de setiembre se publicó en el Boletín Oficial una norma por la cual se prohíbe a los medios publicar el rostro de efectivos

policiales. Cuando El Sol fue por la voz de Aranda para que explicara detalles de la norma, se adjudicó la idea, cuando en realidad era de Vinci.

El ministro fue a la Legislatura y pidió las disculpas del caso, aduciendo una “confusión” respecto de la autoría del proyecto.

En esa reunión, en la que participó, además del ministro Aranda y del diputado Vinci, el titular de la Cámara de Diputados, Jorge Tanús, se acordó avanzar en la propuesta de las justificación del dinero o bienes ofrecidos en cauciones (fianzas) reales. Así, la flamante norma fue aprobada con el aval explícito del Gobierno provincial.

"Es una estupidez"

“Esta ley no es más que otra de las estúpidas medidas que se toman con la ilusión de combatir la inseguridad”.

Lapidario fue el conocido abogado penalista mendocino Pablo Cazabán, respecto de la norma que exige aval de la AFIP y Rentas a la hora de presentar una fianza.

“No tiene nada que ver esto que han aprobado y hecho ley, con el combate contra la inseguridad, hay una gran confusión”, insistió el

letrado. En ese sentido, según Cazabán, se está partiendo de un prejuicio, que es que la familia o los amigos de un acusado son delincuentes, cuando el principio básico del Derecho penal marca que todos son inocentes hasta que se demuestre lo contrario. “Se está jugando con la libertad de las personas”, resumió el abogado.

“En el caso de la caución real, se necesita o poner dinero o un bien registrable, por lo que es claro que se sabe de quién es lo que se ofrece”, resumió el abogado. Respecto del argumento de Aldo Vinci –el demócrata autor del

proyecto de ley convertido en norma– de que intenta que no se utilice “dinero mal habido” para pagar fianzas, el penalista atacó: “Si piensa así, es porque él haría eso, él saldría a robar para pagar una fianza”.

Asimismo, explicó Cazabán, que las cauciones suelen ser de 5 mil a 10 mil pesos, “es una pavada, cualquiera con un ingreso de trabajador común y corriente lo puede justificar, un familiar, un amigo del detenido; es una estupidez esto, porque se parte de un prejuicio de que todos los allegados de un detenido son delincuentes y ladrones”.

Finalizando, Cazabán agregó: “Este tipo de cuestiones lo único que hacen es demorar las decisiones de la Justicia en pos de medidas efectistas y estúpidas”.

Por su parte, el penalista Sergio Carreño señaló que la nueva ley “es inaplicable”, y criticó a Vinci: “¿Qué se pone a legislar sobre cuestiones penales si es abogado de Familia?”. Y agregó: “En la práctica, Vinci se equivoca, porque en Derecho no predomina el principio de la lógica, sino de la realidad, por esto no se va a aplicar la ley. Cuando se ponga una caución real, se colocará un inmueble, y si es personal, firmará alguien solvente, una persona con bono de sueldo, o el abogado, que sobran, somos 9 mil”.

Carreño siguió diciendo: “El legislador se equivoca, ya que trata de justificar su trabajo frente a la gente, que no maneja el Derecho”. En esa línea, el abogado indicó que la propuesta de Vinci, es “política, es para llamar la atención y salir en los diarios, pero en la práctica no existe, no se va a aplicar”.

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