Resolución para realizar abortos por violación

A través de una resolución firmada por el ministro de Salud, Juan Manzur, se oficializó una guía para agilizar los abortos no punibles, que ya están contemplados en el Código Penal. Es un texto práctico que brindará una orientación más clara a los profesionales de la salud sobre cómo proceder en estos casos, preservará a las mujeres embarazadas y evitará demoras en las intervenciones, sin la necesidad de recurrir a la Justicia.
La guía interpreta las excepciones a la penalización del aborto, previstas en el artículo 86 del Código Penal, y está dirigida a los jefes de servicios de ginecología y obstetricia de los hospitales públicos.

De acuerdo con lo enunciado en la Guía, los casos no punibles de aborto son tres: 1) si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida de la mujer y si este peligro no puede ser evitado por otros medios; 2) si el embarazo es producto de una violación y 3) si el embarazo proviene de un atentado al pudor sobre mujer idiota o demente.

Para comprobar que el embarazo fue provocado por una violación, la mujer deberá presentar al médico la constancia de la denuncia o una declaración jurada. Y sólo las menores de 14 años tendrán que estar acompañadas de uno de los padres.

En San Luis, el Director del Complejo Sanitario, Eduardo Canteros manifestó este miercoles se llevará a cabo una reunión de trabajo con los funcionarios de la cartera de salud de la provincia para abordar el tema, pero que hasta ahora no se tomó una determinación al respecto.

Por su parte, Lily Manini, titular de la Asociación de Defensa de los Derechos de las Mujeres, dijo que la normativa está elaborada desde la gestión de Ginés Gonzáles García al frente del Ministerio de Salud Nacional. "Era hora que se pusiera en aplicación. Se hace para frenar un poco las muertes de mujeres provocados por abortos clandestinos" opinó en declaraciones realizadas en FM Ciudad.

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