Ya es ley la reforma tributaria en Entre Ríos

Ya es ley la reforma tributaria en Entre Ríos
El gobernador Sergio Urribarri promulgó la ley que modifica el Código Fiscal y la ley impositiva de la provincia. La promulgación data del mismo día en que fue aprobado en el senado. Las reformas tendrán vigencia por el término de dos años.

El proyecto había sido enviado a la Legislatura por el Ejecutivo, a instancias de la Central de Trabajadores Argentinos (CTA) provincial. La norma fue sancionada el miércoles 18 de diciembre, promulgada ese mismo día y publicada en el Boletín Oficial del jueves 19 de este mes.

La nueva ley grava con ingresos brutos al sector primario e industrial y reformula el inmobiliario urbano para que tributen más quienes tengan viviendas de mayor valor, al tiempo que elonga los tramos del inmobiliario rural.

También establece una mayor presión tributaria a los altos patrimonios, a los titulares de embarcaciones, autos y viviendas de lujo a la vez que crea un impuesto a los juegos de azar que gravará los premios de la tómbola, los de loterías y bingos, y otros juegos.

Se aumenta la alícuota aplicable a los establecimientos financieros, seguros, industrias radicadas en otras jurisdicciones, empresas prestadoras de servicios agrícolas, telefonía fija y celular, y a las grandes empresas que venden en Entre Ríos.

En relación al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, se eliminaron las exenciones dispuestas a partir de los Pactos Fiscales de 1994, esto es, al sector primario y al sector industrial, que pasan a estar gravados con una alícuota del uno por ciento, tal como era antes de 1994.

También se suprimieron las exenciones a las actividades de las mutuales con ingresos superiores al monto que fije la Ley Impositiva, y la exención del 50 por ciento de las cooperativas que facturen por encima del monto que establezca la Ley Impositiva. Se mantuvo la exención vigente para las cooperativas de trabajo.

Los productores entrerrianos que venden su producción en otras Provincias, pagan impuestos en Buenos Aires, Santa Fe o Córdoba, y no pagan nada por este concepto en Entre Ríos. Ahora tributarán en Entre Ríos los que facturen por encima del monto que establece la ley impositiva.

En tanto, aquellos que desarrollen actividades en varias provincias pagarán mediante Convenio Multilateral, y según lo dispone el artículo 13° del mismo la recaudación se distribuye el 85% a la provincia productora (en este caso Entre Ríos) y el 15 por ciento a la provincia adonde se realiza la operación. Lo que permitiría recuperar la base imponible frente a las retenciones que han dispuesto otras provincias.

Se aumentó al 4,5 por ciento la alícuota general de Ingresos Brutos. Las pequeñas y medianas empresas mantienen una reducción de medio punto frente al resto, y están gravadas al cuatro. También se aumentó un punto la alícuota para otras actividades.

Así se incrementa la alícuota aplicable a los establecimientos financieros, seguros, industrias radicadas en otras jurisdicciones, empresas prestadoras de servicios agrícolas, telefonía fija y celular, entre otras. Se propone llevar la alícuota del 4,5 al cinco por ciento a las grandes empresas que venden en Entre Ríos.

Se restableció en un 3 por ciento la alícuota del impuesto de Ley 4035 Fondo de Integración de Asistencia Social, Ley 4035.

Se establecieron nuevos valores para las tasas retributivas de actuaciones notariales y administrativas, trámites y certificados de distintas direcciones, entre ellas Transporte, Castastro e Inspección de Personas Jurídicas, consignó Apf.

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