Recálculo: freno legal a la vía rápida del amparo

Recálculo: freno legal a la vía rápida del amparo

La Justicia negó ese recurso contra los cambios en las jubilaciones. La Caja prevé muchos reclamos administrativos. Planteo de inconstitucionalidad.

 Justicia provincial colocó una primera valla en los planteos legales contra la reforma previsional que, por ahora, le resta chances de éxito a un acción de amparo por el recálculo de las jubilaciones.

En otra palabras, cerró prácticamente la puerta a la vía rápida que supone un recurso de ese tipo, lo que no significa clausurar los caminos judiciales, pero abre un panorama diferente para los plazos de las demandas que se cocinan en varios estudios especializados en litigar contra la Caja de Jubilaciones.

La Cámara Contencioso Administrativa de 1ª Nominación consideró que el amparo no es, en este caso, la vía ideal, al señalar que sólo es admisible ante la “inexistencia de otros remedios o recursos judiciales más idóneos”.

También indicó que “para que proceda el amparo, la lesión que se denuncia debe resultar provocada por acto u omisión de la demandada (en este caso, la Caja) que revista las notas de arbitrariedad o ilegalidad manifiestas, de modo tal que sea ostensible o palmaria su inconstitucionalidad”, situación que, consideró, no ha ocurrido.

La medida lleva la firma de los vocales Pilar Suárez Ábalos y Leonardo Massimino y de la secretaria del Juzgado de 1ª Instancia, María Martha Angeloz. El planteo había sido formulado por Gustavo Gavier, un exfuncionario judicial asesorado por el abogado Roberto Olmedo.

La decisión de la Cámara fue recibida con alivio por el Gobierno que, si bien confía en sus argumentos legales, no descartaba un verano movido, más allá de la feria en Tribunales.

Fuentes judiciales indicaron que, a diferencia de lo que ocurría antes, el fuero Contencioso Administrativo tiene un criterio más restrictivo en amparos contra el Estado provincial.

El precedente no es menor: ahora, cualquier nuevo amparo caerá en la misma cámara, aunque se desconoce si la interpretación será la misma cuando se produzca el cobro de haberes y, en forma eventual, se acompañe el planteo con una medida cautelar.

De todos modos, se interpreta que, en forma indirecta, el rechazo a la admisión del amparo implica agotar la vía administrativa, incluso también como paso previo a un juicio ordinario. De hecho, en la Caja de Jubilaciones no descartan un “aluvión” de reclamos de ese tenor desde febrero, cuando finalice el receso de la administración pública.

En ese escenario, el organismo tiene un plazo de 120 días hábiles para responder a los planteos y otros 30 días más para fijar postura si su primera contestación es recurrida. En la práctica, entonces, ese proceso lleva alrededor de un año.

Inconstitucional

Ayer, en tanto, mientras se firmaba el rechazo al amparo, el abogado Jorge Gentile interpuso un planteo de inconstitucionalidad en contra de la reforma previsional.

Como tampoco incluye una cautelar, fue ingresado al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) y, de ser admitido, recién será tratado en febrero o marzo, tras la feria judicial, ya que debe analizarlo el plenario del máximo tribunal provincial.

Para Gentile, la norma sancionada la semana pasada por la Unicameral (ley 10.333) es “totalmente inconstitucional” porque viola el principio de “irreductibilidad” de los haberes que fija el artículo 57 de la Carta Magna provincial.

El abogado participó como convencional en la reforma de la Constitución de Córdoba de 1987 y, junto al actual integrante de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Juan Carlos Maqueda, fue uno de los redactores de ese artículo.

Gentile adelantó que su pretensión es llegar a la Corte Suprema e, incluso, a la Corte Interamericana de Derechos Humanos de la OEA. El letrado formuló el planteo en representación del jubilado y exgremialista bancario Miguel Acosta, quien tiene a su cargo un hijo mayor discapacitado que padece hipoxia cerebral y cuadriplejia y se encuentra internado en una institución especializada.

El único antecedente más cercano fue una acción similar por la ley del diferimiento previsional de 2012 que, si bien fue presentado tiempo después, nunca llegó a ser tratado por el Tribunal Superior de Justicia.

Feria y análisis

En varios estudios se analizan las estrategias jurídicas que llevarán a cabo para presentar planteos contra la reforma previsional. Aunque no descartan accionar durante la feria judicial, lo más probable es que las acciones se reactiven entre febrero y marzo.

En alerta

Río Cuarto. El Centro de Jubilados y Pensionados Municipales de Río Cuarto se declaró en estado de alerta y movilización por la ley 10.333 avalada por la Legislatura provincial, la que, considera la entidad, es una “funesta” norma que provoca un “perjuicio a jubilados cordobeses”.

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