El PJ y el Pro no quisieron tratar el proyecto que transparenta la selección de ministros del STJ

El PJ y el Pro no quisieron tratar el proyecto que transparenta la selección de ministros del STJ

Es el proyecto de los diputados del FrePam que busca limitar la discrecionalidad en la selección de los ministros del STJ. Se negaron a tratarlo en la comisión de Asuntos Constitucionales. 

 

Durante la mañana este miércoles en la Legislatura pampeana se conformó la comisión Asuntos Constitucionales y Justicia. Los integrantes designaron al justicialista Facundo Sola como presidente, a Patricia Testa del Frepam vice y secretario a José Calvo del PJ. Las reuniones están previstas los miércoles a las 9 de la mañana.

Se habilitó el proyecto de ley del Frepam para la designación de los jueces del Superior Tribunal de Justicia, que tiene que ver con establecer un mecanismo previo e intermedio para el nombramiento de los jueces, donde exista mayor apertura y participación ciudadana a la hora de evaluar los candidatos propuestos por el ejecutivo.

Los legisladores del Frepam solicitaron que el miércoles que viene se reúna esta comisión para discutir el tema. El Pro y el PJ lo analizarán en su bloque, pero no compartieron la idea de darle tratamiento la semana próxima. Josefina Diaz argumentó que "es necesario asesoramiento pertinente y discusión en bloque". Por otro lado, Espartaco Marín dijo que "es un proyecto de fondo, no podemos avanzar sin el consenso necesario y la discusión. No debe hacerse un tratamiento expres".

Los vocales del PJ son: Espartaco Marín, Alicia Mayoral, María Soledad Sciu y Lucrecia Barruti. Por otro lado, del Frepam la integra Martín Berhongaray y Abel Sabarots, y por último Daniel Robledo de Pueblo Nuevo.

El proyecto que es auotría de Marín Berhongaray y Abel Sabarots propone que la designación de los miembros del máximo organismo judicial atraviesen un examen más a fondo, con menos arbitrariedad del Ejecutivo, en el que de alguna manera se imiten los pasos que tienen que dar los ministros de la Corte Suprema de Justicia para llegar a sus cargos.

Y propone reglar el procedimiento establecido por el artículo 92 de la Constitución Provincial para el nombramiento de los magistrados del STJ, “limitando la discrecionalidad gubernativa en la selección” a partir del establecimiento de exigencias procedimentales “que brindan plena publicidad al trámite y permiten el control ciudadano, para asegurar la máxima idoneidad de los propuestos”.

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