Provincia se puso firme y limitó el aislamiento para las fase 4 y 5

Provincia se puso firme y limitó el aislamiento para las fase 4 y 5

Este lunes, el gobierno de Axel Kicillof oficializó nuevas limitaciones para los distritos que se acercaron un paso más a la nueva normalidad. El transporte, uno de los focos de atención por la administración bonaerense.

El gobierno de la Provincia de Buenos Aires oficializó nuevas restricciones para los municipios en Fase 4 y 5, por lo que seguirán aún más lejanas las esperanzas de una mayor flexibilización en distritos que permanecen en etapa de aislamiento.

De acuerdo a la Resolución 358 del jefe de Gabinete, Carlos Bianco, publicada esta madrugada en el Boletín Oficial, se incorporaron cuatro prohibiciones absolutas incluso para la Fase 5 y una nueva para la Fase 4.

En concreto, la Provincia transparentó que en las ciudades que registran más de 21 días sin contagios ni siquiera se podrá aspirar a lograr la habitación del servicio público de transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, el turismo y el dictado de clases presenciales en todos los niveles y todas las modalidades.

La medida también impacta contra distintos sectores comerciales que vienen bregando por una reapertura de sus negocios. Se trata específicamente de la prohibición del funcionamiento de centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, clubes y cualquier espacio público o privado que implique la concurrencia de personas; como así también de gimnasios y otros espacios deportivos con instalaciones cerradas.

Entre las nuevas medidas, también se incorporó la prohibición de actividades religiosas para los distritos en hasta Fase 4. A partir del nuevo sistema de fases implementado hace dos semanas, la Provincia había habilitado que los Municipios soliciten excepciones no contempladas con la presentación de protocolos.

Como contrapartida, la Provincia anexó la habilitación de los servicios de terapia ocupacional, que estarán habilitados desde la Fase 3.

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