La provincia contará con una ley contra los abusos de telemarketing

Los usuarios de servicios telefónicos de la provincia, confían en que luego de los feriados y la festividad del Señor y la Virgen del Milagro, se dé pronta promulgación a la ley denominada "Registro Autorizo Llamadas", por parte del Poder Ejecutivo Provincial.
La norma fue aprobada por el Senado, en definitiva, en la sesión del pasado 6 de septiembre. El objetivo central de dicha ley es la de proteger a la comunidad de posibles abusos que puedan surgir del uso de telemarketing para publicitar, ofertar, comercializar, vender o regalar bienes o servicios.

Se pueden inscribir en el "Registro Autorizo Llamadas", los titulares de las líneas telefónicas, tanto domiciliaria o celular, que manifieste su decisión de ser contactada telefónicamente por empresas que haciendo uso de datos personales utilizan el sistema de telemarketing para publicitar en el ámbito provincial.

Será obligación de las empresas que usan telemarketing para publicitar, ofertar, vender, o regalar bienes o servicios en Salta, evitar cualquier contacto con la persona que no esté inscripta en el "Registro Autorizo Llamadas".

Se dispone que la autoridad de aplicación de la presente ley será la Secretaría de Defensa del Consumidor de la Provincia y las pertinentes delegaciones existentes o a crearse en el ámbito del territorio provincial.

Las sanciones que se practicarán a las empresas que incumplan la ley, consistirán en una sanción económica mínima de 3.500 pesos y hasta 10.000 pesos, la que deberá graduarse de conformidad a los principios establecidos en el artículo 49 de la ley 24.240.

Las inscripciones al "Registro Autorizo Llamadas" se mantendrán mientras no sean revocadas por escrito por el usuario o consumidor. Se podrá realizar la cancelación o baja en cualquier momento, ante la autoridad de aplicación.

Beneficio al usuario

Respecto a las sanciones económicas a las empresas que usen el telemarketing e incumplan la normativa, se establece que esas multas se repartirán en un 50% a favor del usuario damnificado y el 50% restante para un fondo especial a crearse a favor de la Secretaría de Defensa del Consumidor.

Con esos recursos se solventarán las acciones que dicho organismo desarrolla en prevención, educación y sanción, las cuales les incumben como autoridad de contralor en el ámbito de la Ley de Defensa del Consumidor Nº 24.240 y sus modificatorias.

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