Si prospera el dictamen de un fiscal federal, podría paralizarse la construcción de Dioxitek

Si prospera el dictamen de un fiscal federal, podría paralizarse la construcción de Dioxitek

El funcionario judicial acaba de plantear que la causa corresponde a la competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia. “Se trata de un punto de inflexión, donde lo que está en juego es nada más y nada menos que la vida y el medio ambiente de los formoseños”, consideró el senador Naidenoff, impulsor de las acciones en representación de los originarios.

En julio del 2014, integrantes de la comunidad toba del barrio Namqom, representados por el senador Luis Naidenoff y con el patrocinio de la Dra. Roxana Silva, promovieron una acción de amparo contra el Estado nacional, la provincia de Formosa y Dioxitek SA por la instalación de una planta de tratamiento de uranio a cuatro kilómetros de donde se asienta ese conglomerado, también conocido como Lote 68.

En la presentación que dio origen a estas actuaciones, se sostuvo que la instalación debía ser suspendida por constituir un grave perjuicio y una irreversible afectación al derecho de la comunidad aborigen al no haber actuado, la Provincia, conforme lo establecido en el Convenio 169 de la OIT respecto del derecho de consulta previa informada, que  establece que deberá realizarse con anterioridad a la adopción de la medida a ser consultada.

La acción judicial tiene en miras por medio del reconocimiento judicial de la consulta previa informada y veraz - que debía necesariamente ser realizada en forma previa al inicio de la construcción de Dioxitek- conocer el verdadero impacto ambiental de la instalación la planta a los territorios de la comunidad.

A mediados del año pasado, el Gobierno nacional ratificó la construcción de la planta procesadora de dióxido de uranio Dioxitek en Formosa y anticipó que empezará a operar hacia fines del año 2019.

 

Según un informe oficial presentado ante la Cámara de Diputados de la Nación, la obra se encuentra en un estado de avance del 18%.

Respecto a las acciones de seguridad y cuidado ambiental, se informó que se encuentra actualmente en curso el Estudio de Calidad de Aguas Superficiales, Subterráneas, Suelos y Sedimentos del predio donde estará la planta y sus adyacencias.

 

VERDADERO IMPACTO

Respecto de la postura del fiscal, en las últimas horas Naidenoff explicó que “ante la falta de diálogo, la falta de información  veraz y la mala fe de las autoridades gubernamentales sobre el verdadero impacto al medio ambiente los integrantes de la comunidad de Lote 68 acudimos a la Justicia federal para que garantice el derecho humano fundamental a vivir en un ambiente sano. Esta causa se inició en el Juzgado federal 2 de Formosa, el cual se declaró incompetente y remitió las actuaciones a la Justicia provincial. La decisión fue recurrida y revocada por la Cámara Federal de Resistencia, que dispuso que la acción debía tramitarse ante la instancia originaria de la Corte Suprema”, se explayó el legislador de Cambiemos.

“Luego de un largo recorrido judicial, esta causa llegó a la CSJN y la Procuración en su dictamen, que no es vinculante, sentó su posición de que es la Corte la que debe entender en este tema”, explicó ahora el parlamentario

“Nosotros asumimos el compromiso de defender  la vida y el ambiente en todas las instancias. Siempre fuimos contundentes. Ningún gobernante por un simple capricho puede poner en riesgo la vida y el ambiente de los formoseños, sin que los mismos sean consultados; por eso siempre bregamos por una consulta popular para que sean los propios ciudadanos los que decidan si Dioxitek  se tiene que instalar o no en Formosa”, amplió.

“El gobierno cumplió con la fachada formal de audiencias públicas, que no son vinculantes, ignorando los informes que desaconsejaban la instalación de la planta; pero por otra parte incumplió groseramente la Constitución Nacional y los tratados internacionales que exigen consulta previa e informada cuando hay decisiones que pueden poner en riesgo la vida y el medio ambiente de las comunidades originarias”, dijo.

 

POSTURA JUDICIAL

Es su dictamen, el fiscal Víctor Abramovich de la Procuración General de Nación se expidió favorablemente por considerar que las actuaciones corresponden a la competencia originaria de la Corte Suprema en tanto se encuentran demandados el Estado nacional y una provincia, y la causa reviste un manifiesto contenido federal. “Están en juego el derecho a la consulta previa y participación con relación a la instalación en la provincia de Formosa de una planta de Dioxitek, una sociedad anónima estatal creada por el Poder Ejecutivo Nacional mediante el decreto 1286/96, cuyo capital accionario pertenece en un 99% a la Comisión Nacional de Energía Atómica dependiente del Ministerio de Energía y Minería de la Nación y en un 1% a la provincia de Mendoza”, sostuvo.

La posición considera, además, que “garantizar la consulta y participación de las comunidades indígenas en la toma de decisiones susceptibles de afectar sus intereses ha sido concebido como la piedra angular del Convenio 169 de la OIT, en tanto constituye un instrumento esencial para asegurar que las comunidades gocen de la totalidad de sus derechos reconocidos”.

Por último Naidenoff señaló que “ahora son los propios integrantes de la Corte, los que deben resolver si habilitan o no la instancia originaria.  Para nosotros la posición de la Procuración es un punto de inflexión en esta lucha porque nunca bajamos los brazos y estamos a un  paso de que el máximo tribunal entienda en esta causa. Donde lo que está en juego es nada más y nada menos que la vida y el medio ambiente de los formoseños”

Comentá la nota