Promulgaron la Ley de Acceso al Hábitat

Promulgaron la Ley de Acceso al Hábitat
Un año después de su aprobación, el gobernador Daniel Scioli la puso en vigencia. Obliga a countries a ceder espacios.

Casi un año después de su aprobación, el gobierno provincial promulgó la Ley de Acceso Justo al Hábitat, que obliga a los grandes emprendimientos inmobiliarios a ceder el 10% del valor total del terreno para la realización de planes de vivienda social.

La norma establece el derecho a la vivienda y a un hábitat digno para todos los ciudadanos, en especial para aquellos en situación de pobreza. Prevé la construcción de nuevos proyectos habitacionales y la mejora de las villas.

Según el Censo 2010, un 25% de la población bonaerense tiene problemas de acceso a la vivienda.

El punto más importante de la Ley 14.449, elaborada por los diputados del FPV, Alberto España y Alicia Sánchez, y su par de Nuevo Encuentro, Marcelo Saín, es que los grandes emprendimientos inmobiliarios de más de 5000 m² –como countries, shoppings e hipermercados– deberán ceder hasta un 10% del valor total del terreno para la realización de planes de vivienda social.

La norma, que fue aprobada en noviembre del año pasado, también prevé una imposición de hasta el 33% para viviendas o terrenos cuyos valores aumenten por obras de infraestructura o cambios de zonificación. Y crea, además, el Fondo Fiduciario Público Sistema de Financiamiento y Asistencia Técnica para la Mejora del Hábitat, de carácter intangible, para facilitar a familias de bajos recursos, que no pueden acceder a un crédito, la posibilidad de llegar a la casa propia.

Este fondo se financiará con un adicional del 50% que se cobra del Impuesto Inmobiliario Urbano a los baldíos, que fue incluido en la ley impositiva de este año. Según confirmaron a este diario desde el gobierno, la Agencia de Recaudación de Buenos Aires (ARBA) está cobrando esta diferencia desde enero aunque no precisaron cuánto se recaudó hasta el momento.

Por último, la ley habilita a los municipios para que en un plazo máximo de diez años expropiar los terrenos sobre los que no se proyecte ninguna edificación. El artículo 64 establece que las comunas podrán obligar a propietarios de baldíos a parcelar o edificar los terrenos, en un plazo no mayor a los cinco años.

Tras la promulgación y publicación en el Boletín Oficial, resta ahora la reglamentación. Ese trámite determinará quién es la Autoridad de Aplicación, el destino del dinero del fondo fiduciario y los parámetros para evitar "lesiones a la propiedad privada". El año pasado, apenas se aprobó la norma después de un largo debate, el jefe de Gabinete bonaerense, Alberto Pérez, aclaró que la reglamentación sería "muy estricta". «

déficit de un millón de casas

Un informe del Instituto Provincial de la Vivienda, realizado en base al Censo 2010, reveló que en la provincia hay un déficit de 1.085.865 casas, lo que implica que alrededor de cuatro millones de bonaerenses, es decir el 25% de la población total que trepa a los 16 millones, sufre este problema. Según la información oficial, 859.015 casos responden a viviendas recuperables u hogares en condiciones de hacinamiento por cuarto. El resto, 226.850, son viviendas que deben ser remplazadas por nuevas.

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