El PJ promueve reglamentación para que los jueces cesen en sus cargos a los 70 años

El PJ promueve reglamentación para que los jueces cesen en sus cargos a los 70 años
La situación del juez Ricardo Franco activó una propuesta que rondaba los despachos de varios legisladores del Partido Justicialista: ponerle una edad máxima para el desempeño en la función pública y, finalmente, se acordó que el límite es el de los 70 años de edad y que en caso de querer continuar deberá concursar el cargo.
Ricardo Sánchez, Martín Nievas, Elda Pértile y Carlos Beltrán en conferencia de prensa con el objeto de reglamentar el artículo 154 de la Constitución Provincial, referido al acceso a la jubilación para magistrados y la opción para permanecer en el cargo.

La primera parte hace referencia a “los jueces que cumplen 60 años, que de acuerdo a nuestro sistema previsional es la edad para acceder a este beneficio. En estos casos, podrán optar, tal cual lo determina la Constitución Provincial por su permanencia en el cargo”.

“En ese caso, lo único que tiene que hacer es, al alcanzar la edad, por nota, presentarse ante el Consejo de la Magistratura y optar por continuar en el cargo hasta los 70 años; es una opción que está claramente en beneficio de ese magistrado o representante del Ministerio público”, indicó.

La alternativa

Sánchez alertó que cumplidos los 70 años, de acuerdo a este proyecto de reforma constitucional, los jueces necesitarán “un nuevo nombramiento para mantenerlo en el cargo. Cuando el juez alcanza esa edad, hay dos opciones: una, cumplidos los 70 años, el juez cesa en el cargo y el Consejo de la Magistratura convoca a un nuevo concurso de oposición y antecedentes, del que puede participar el propio juez para ser designado nuevamente”.

En el caso de los jueces del Superior Tribunal de justicia destacaron que “deberán someterse al mecanismo de selección, que creemos que es obsoleto, pero es la legislación vigente”.

“Esta iniciativa surge en el marco de una cuestión constitucional que desde 1994 nunca tuvo aplicación porque nunca fue reglamentado, con la excusa de la no reglamentación de este artículo, se han mantenido jueces que hoy tienen mucho más de 70 años y que colisiona esa situación de hecho con lo normado en la carta magna provincial”, añadió.

El diputado peronista afirmó que hay dos jueces del Superior Tribunal que están en esta situación, no obstante aclaró que “esta ley no tiene nombre, sino que tiene que ver con reglamentar algo que está claramente expresado en la Constitución Provincial”.

A su vez Nievas manifestó que de acuerdo a lo que establece la Constitución, los jueces deben tener un tiempo limitado en sus cargos “en el caso del Chaco se establece que el límite es a los 70 años. Pueden pasar dos cosas: que el magistrado se quiera ir, o que quiera revalidar títulos, presentándose a un concurso que queremos que sea de oposición y antecedentes, junto a otros postulantes”.

En la propuesta la edad deja de ser un condicionamiento si el Consejo de la Magistratura considera que el juez está en condiciones de continuar más allá de los 70, pero para eso necesita un nuevo nombramiento. “Una vez que gane el concurso, tendría un nuevo mandato “sine die”, es decir, sin límite”, aspecto que es contradictorio.

“Hay que ser honestos: dentro de la Constitución provincial el gran planteo de este artículo del que mucho se ha hablado, es que puede colisionar con un principio señero del derecho que habla de la inamovilidad de los jueces como garantía de la imparcialidad e independencia, sin que esto signifique menguar independencia al Poder Judicial”, afirmó.

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