Promoción industrial: otorgan crédito de 61 millones de pesos a Forestal Pico

Promoción industrial: otorgan crédito de 61 millones de pesos a Forestal Pico

El gobernador Oscar Jorge entregó un crédito de 61 millones de pesos (en el marco del régimen de promoción industrial) a la firma Forestal Pico, que integra la Red Acindar, la mayor acerera del país.

 

También le adjudicaron en venta un terreno de 31.938 metros cuadrados. Instalarán una fábrica de bolsas de molnode acero aleado.

Jorge entregó el crédito a través del decreto Nº 655, con fecha 27 de octubre de 2015. Declaró comprendida en la Ley de Promoción Industrial y Minería y su Reglamentación Decreto Nº 825/09, en la Ley Nº 530 y su Reglamentación Decreto Acuerdo Nº 2191/76, y en la Resolución Nº 123/76 del Ministerio de Economía y Asuntos Agrarios, a la firma Forestal Pico S. A., con domicilio legal en Ruta Provincial Nº 1 y calle 104 de la ciudad de General Pico, en relación al proyecto de fabricación de bolsas de molino de acero aleado que se radicará en el Parque de Producción, Comercio y Servicios de la ciudad de General Pico, (artículo 3º inciso a) de la Ley Nº 1534.

En su artículo 3º detalla que se otorga “a la firma Forestal Pico S.A un crédito de hasta $61.839.257,40 que se destinará a financiar su proyecto de fabricación de bolsas de molino de acero aleado que se radicará en el Parque de Producción, Comercio y Servicios de la ciudad de General Pico, encuadrándose en los artículos 3° inciso 4) y 13 inciso a) apartados 1) y 2) de la Ley N° 1534 y en los artículos 2° y 8° del Anexo Decreto N° 825/09”.

Además se le otorga a la firma la exención impositiva prevista en el artículo 13 inciso b) apartados 1-1; 1-2; 1-3 y 1-4 de la Ley N° 1534, como lo reglamentan los artículos 18 y 20 del Decreto N° 825/09, por un plazo de 10 años, referidos a los ingresos generados por la nueva actividad y a los bienes afectados a la misma.

El predio que le venden fue tasado, según el Tribunal de Tasaciones, en $18.532.616 financiado en las condiciones establecidas en la Ley Nº 1534 y su Reglamentación (artículos 6º y 13º inciso c), Ley Nº 1534), importe que se incluye a los efectos de su armonización junto al del crédito que se otorga por el artículo 3º del presente.

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