La ley que prohíbe fumar en los patios de juegos tiene carácter "punitivo y recaudatorio"

La ley que prohíbe fumar en los patios de juegos tiene carácter

La presidenta del Bloque Peronista, cuestionó duramente el artículo N° 5 de la ley que prohíbe fumar en espacios verdes donde haya patios de juegos para niños. Dijo que es un proyecto "acompañable" pero ese articulo es "punitivo y recaudatorio". "Por otro lado, la legisladora peronista volvió a denunciar los mecanismos de participación que utiliza el gobierno porteño.

La Legislatura porteña sancionó una ley que prohíbe fumar en los patios de juegos existentes en parques y plazas de la Ciudad. Si bien el texto sufrió modificaciones y fue sancionado con 49 votos afirmativos, el artículo n° 5, se votó en particular por pedido de María Rosa Muiños, y fue rechazado por la oposición. Se sancionó sólo con los votos de Vamos Juntos (32 afirmativos, 16 negativos -UC, BP, MC, Gen, AyL, FIT, IZqS- y 5 abstenciones del bloque opooficialista de Evolución).

Durante su exposición en el recinto, María Rosa Muiños explicó que el artículo N° 5 del proyecto de ley dice que "la persona podría sufrir multas que van entre los 600 y 15 mil pesos en los patios de juegos que no están limitados en el articulado de la ley (está establecido dentro de su fundamento, pero en el articulado no figura la colocación de ningún tipo de cartelería que ahí está prohibido fumar)", dijo Muiños.

En el mismo sentido agregó que además, la persona "puede tener 3 y 30 días de arresto, tiene carácter punitivo y recaudatorio". Por otro lado, la legisladora peronista volvió a denunciar los mecanismos de participación que utiliza el gobierno porteño.

"Hay una fundamentación que hizo el diputado (Guillermo González Heredia, miembro informante del proyecto), que habla de la participación vecinal, nosotros hicimos un seguimiento de lo que hizo el Gobierno de la Ciudad a través de sus redes y no  hay 827 mil votos" y remarcó: "sí sabemos que 827.500 votos por lo que el gobierno le informó al diario ámbito financiero", al mismo tiempo dijo Muiños "el personal de mi despacho habló con la señora Maite Méndez del ministerio de Ambiente y Espacio Público, y la funcionaria que nos respondió por escrito que aún no hay resultados de la encuesta, pero ámbito sí lo tenía y son los mismos que dijo el diputado".

"Hicimos la cuenta y a nosotros no solamente no da 800 mil (votos), sino que nos da 150 mil de gente que puede votar infinidad de veces, porque este es el mecanismo del BA Elige y BA Participación. No tienen por qué ser vecinos de la Ciudad de Buenos Aires y pueden votar todas las veces que quieran, salvo con la aplicación Twitter porque esa plataforma no te deja votar más de una vez, por eso a través de ese medio hicieron más de 5 encuestas sobre el mismo tema".

"Tenemos el registro a disposición vamos a pedir que esto se incluya, cada día, cada votación, cada valor en ningún caso da los valores que difundió el gobierno en el diario como el diputado que hizo uso de la palabra", sentenció Muiños. 

El quinto y último artículo de la norma prescribe que "El incumplimiento a la presente ley será sancionado de conformidad con lo previsto en el Artículo 54 del Capítulo I, Título I, Libro II, del Anexo A de la Ley N° 1.472 del Código Contravencional de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires". En virtud de esto se podrán disponer multas y arrestos por "colocar o arrojar sustancias insalubres o cosas dañinas en lugares públicos (...) La sanción se eleva al doble cuando la conducta se realiza en espacios donde concurren niños/as.".

Finalmente, la votación en general fue de 49 positivos; dos negativos de los diputados Marrone (IS) y Gabriel Solano (FIT); y dos abstenciones de AyL. En tanto el artículo 5° en particular fue aprobado con 32 votos afirmativos, 16 negativos (UC, BP, MC, Gen, AyL, FIT, IZqS) y 5 abstenciones del bloque Evolución. 

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