La Procuradora dictaminó el rechazo al “Prohibimos” de Rochas

La Procuradora dictaminó el rechazo al “Prohibimos” de Rochas

La Procuradora General de la provincia, Silvia Baquero Lascano, dictaminó por el rechazo del “Prohibimos”, presentado por el legislador Nicolás Rochas y califica al procedimiento como “formalmente improcedente” el procedimiento de amparo contra el Ministerio de Economía de la Provincia de Río Negro, destinada a la prohibición de llevar adelante el proceso de endeudamientos público a través de la emisión de bonos por la suma de tres mil millones de pesos ($ 3.000.000.000), sosteniendo que ello se estaría realizando en franca transgresión al Art. 95 de la Constitución de la Provincia.

 

La medida fue presentada por Rochás al Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, junto a los legisladores del FpV, Marta Bizzotto, Edith Garro, María Inés Grandoso, Mario Sabbatella, Jorge Vallaza, Luis Albrieu, Héctor Marcelo Mango, Carina Pita, Alejandro Ramos Mejía y Elvin Williams. El titular del máximo tribunal judicial, Ricardo Apcarián, a la vez corrió vista de estas actuaciones a la Procuración General, a fin de que se expida sobre la mencionada presentación.

La Procuradora en su dictamen señala que Rochas hace presenta el amparo en su calidad de legislador y que no acreditó, ni fundamentó en debida forma la calidad de “persona afectada”, a la vez que destaca que “difícil resulta establecer la naturaleza jurídica de la acción que se intenta, ante las características de la petición fundada en simples notas periodísticas sin sustento alguno que indique su origen o veracidad, resultando ciertamente insuficientes para enervar per se la intervención de ese Superior Tribunal”.

Baquero Lascano expuso respecto de la falta de legitimación del Legislador para presentar el “Prohibimus”, donde no se ha acreditado en autos la irreparabilidad del daño, la urgencia o el peligro en la demora, ni resulta manifiesta la ilegalidad de la conducta estatal.

Tampoco, señala la Procuradora, existen constancias de la certeza de las expresiones del amparista o del contenido de su presentación, pues la misma se apoya en publicaciones periodísticas sin otro sustento que acredite su veracidad.

Agrega que considerando la figura específica elegida por el accionante, las circunstancias expuestas no permiten apreciar la concreta existencia de actos administrativos dictados por el Poder Ejecutivo- Ministerio de Economía-, mediante los cuales se transgredan normas jurídicas con ilegalidad manifiesta.

Indica específicamente que “mención aparte merece la medida cautelar solicitada en la que se intenta que, a través del Poder Judicial, se requiera al Poder Ejecutivo elabore un pedido de informes en los términos de la presentación efectuada. Ello así porque el propio Legislador posee la facultad que le da la Constitución Provincial y el Reglamento Interno de la Legislatura, para solicitar desde el ámbito del Poder al que pertenece, toda información a la que intente acceder” y destaca que “con lo cual cuenta con una vía idónea o herramienta legal que le es propia para solicitar los informes que estime necesarios a fin de conocer la información oficial que dice no poseer”.

La Procuradora puntualiza en su dictamen que “es mi criterio que el accionante no se encuentra legitimado para actuar. No obstante ello y, de conformidad a lo precedentemente argumentado, la misma no se encuentra munida de los recaudos esenciales que habilitan su viabilidad, debiendo el Superior Tribunal de Justicia proceder a su rechazo por resultar formalmente improcedente”.

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