El Tribunal Oral Federal los sentenció a la pena máxima por encontrarlos responsables de crímenes de lesa humanidad ocurridos antes y después del golpe militar del 24 de marzo de 1976 y estableció que todos deben cumplir la condena en una cárcel común, que sería el Penal Federal 35 de Colonia Pinto.
Igual condena recibieron el segundo en el DIP, Miguel Tomás Garbi; y tres integrantes del grupo de tareas que dirigió Azar Curi en la también denominada “Side”: Ramiro López Veloso, Juan Felipe Bustamante y Francisco Laitán.
En la misma resolución judicial el TOF, presidido por Graciela Fernández Vecino e integrado por los vocales Juan Carlos Reynaga y José Fabián Asís, condenó a 20 años de prisión al militar retirado Jorge Alberto D’Amico y pidió que fuera “dado de baja” de la fuerza.
Ante una sala colmada de familiares de desaparecidos y víctimas de delitos de lesa humanidad, el tribunal aplicó ocho años de prisión al ex policía Carlos Héctor Capella, seis a Eduardo “Poroto” Baudano y cinco a José “Pepe” Brao y Rolando Salvatierra.
En el caso de los ex policías Capella y Salvatierra, la Justicia ordenó su inmediata detención y traslado a la cárcel federal de Pinto, tras haber permanecido excarcelados durante el juicio oral.
En el mismo fallo, el TOF resolvió impulsar investigaciones contra ex jueces, fiscales y funcionarios del Poder Judicial de la Nación que cumplieron funciones antes y durante la última dictadura militar. También, decidió “no hacer lugar” al pedido de reparación económica reclamado por las querellas.
Musa Azar Curi, fue encontrado culpable de los delitos de “asociación ilícita, tormentos, violación, privación ilegítima de la libertad y violación de domicilio”.
Asimismo, el represor fue condenado por “homicidio agravado” en perjuicio de Luis Lescano, Carmen Santiago Bustos, Julio César Salomón, Mario Alejandro Giribaldi, Hugo Concha, Daniel Dichiara, Santiago Augusto Díaz, Dardo Ezequiel Arias, Roberto Bugatti, Roberto Augusto Migueles, Héctor Rubén Carabajal, Marta Azucena Castillo y Abdala Auad.
Durante la sentencia, a excepción del ex policía “Paco” Laitán, los acusados se negaron a ingresar a la sala y siguieron la lectura a través de un sistema de videoconferencias instalado en el Juzgado Federal de Santiago del Estero.
Similar actitud asumió el represor Musa Azar Curi, alojado en una sala del Hospital Regional “Ramón Carrillo”.
Como se recordará en un similar proceso judicial, Musa Azar Curi, López Veloso y Garbi fueron condenados hace dos años a prisión perpetua por el asesinato del estudiante universitario Cecilio Kamenetzky, ocurrido a fines de noviembre de 1976.
La Megacausa concluyó con severas condenas para los 10 imputados y con un largo proceso judicial que se inició en 2003, cuando la de Derechos Humanos de la Nación, presentó una denuncia contra Musa Azar Curi, por delitos de lesa humanidad.
Durante las audiencias, quedó demostrado el accionar represivo que dirigió Azar Curi y el grupo de tareas que comandaba y que se ensañó particularmente contra militantes, trabajadores y estudiantes, hombres y mujeres. La mayoría fueron jóvenes, algunos incluso con 13 años, padecieron crueles tormentos y simulacros de fusilamiento. También quedó demostrado, cómo se aplicó el terrorismo de Estado contra los abogados que intentaban brindar un amparo jurídico a los presos políticos. El caso más representativo, es el del abogado Luis Alejandro Lescano, secuestrado en diciembre de 1975, y que había actuado como defensor de varios de los detenidos.
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