Presión de Gils Garbó a la Cámara por la expropiación de La Rural

Presión de Gils Garbó a la Cámara por la expropiación de La Rural
La procuradora general de la Nación consideró que dejó en “virtual indefensión” al gobierno nacional al suspender el decreto de expropiación.
La procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, dictaminó que la Cámara en lo Civil y Comercial Federal dejó en virtual estado de ‘indefensión” al gobierno nacional al suspender el decreto de expropiación del predio ferial de Palermo.”

Según un dictamen remitido a la Corte Suprema, el tribunal que suspendió el decreto durante la feria judicial de enero pasado omitió explicar “las reglas del procedimiento que el Estado debía conocer para hacer valer sus derechos” al apelar la medida cautelar.

El gobierno nacional dispuso el año pasado anular por decreto la venta del Predio Ferial de Palermo a la Sociedad Rural Argentina, en los ’90, por haberse concretado a supuesto ‘precio vil‘, pero la Cámara mantiene suspendida hasta hoy esa medida.

Durante enero, el Estado pidió “habilitación de feria” para presentar los recursos de apelación, pero “entre once y trece días hábiles” -según explicó la procuradora- le fueron denegados.

Una vez terminada la feria judicial, el Estado presentó un “recurso extraordinario” para llegar a la Corte Suprema, pero tampoco tuvo éxito porque según la Cámara “el plazo para presentarlo había finalizado durante enero”, lo que había quedado establecido “implícitamente”.

La jefa de los fiscales recomendó a la Corte retrotraer la situación al momento previo a ese último rechazo, con lo cual el recurso debería ser concedido y el máximo tribunal, pronunciarse sobre la vigencia o no de la medida cautelar que suspendió la recuperación del predio.

Gils Carbó remarcó que “la Cámara, al indicar que la habilitación de feria alcanzaba implícitamente al ejercicio de los derechos del Estado pero comunicándole esa decisión cuando la posibilidad de recurrir ya había finalizado, varió en forma sorpresiva los alcances de la resolución que había habilitado la feria judicial”.

“El rechazo, por lo tanto, debe ser dejado sin efecto”, sostuvo el dictamen

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