Podrían retener el sueldo de Arroyo por no haber publicado nunca su declaración jurada

El concejal Cano pidió sancionar a los funcionarios municipales que no presentaron sus declaraciones juradas al 31 de diciembre. El caso más notorio es el del intendente Carlos Arroyo, quien nunca hizo pública la información sobre sus bienes y patrimonio.

El concejal Cano, ahora distanciado del intendente, pidió sanciones para quienes no presenten sus declaraciones juradas. Arroyo nunca la publicó.

En un aparente intento por dejar expuesta la persistente negativa del intendente Carlos Arroyo a presentar su declaración jurada de bienes, el concejal José Reinaldo Cano reclamó sanciones para quienes no cumplan con esta exigencia.

El edil presentó un proyecto de ordenanza por el cual pidió que la Municipalidad retenga el sueldo de los que no hayan cumplido con el trámite al 31 de diciembre pasado, tal como lo exige la legislación vigente, en especial, la ordenanza 13.914.

A juzgar por la situación, sus intenciones no dan lugar a demasiadas interpretaciones. En la página oficial del municipio, entre los nombres de más de un centenar de funcionarios políticos, casi el único que aparece sin la debida documentación es el del jefe comunal.

La ausencia de su declaración jurada es algo público y notorio ya que no se encuentra publicada desde el día de su asunción, el 10 de diciembre de 2015.

Pero Arroyo no sólo no presentó su declaración jurada en su condición de intendente. Tampoco lo había hecho mientras fue concejal, cargo al que accedió por primera vez en el año 2009.

Al referirse a la forma en la que su reclamo se relaciona con la situación de Arroyo, Cano reconoció que el jefe comunal está en falta. “La tiene que presentar. Si no tiene nada, que la presente diciendo que no tiene nada. El objetivo de esta declaración es determinar qué se tiene antes de ingresar a la función y qué se tiene cuando se va de la gestión”, explicó.

El sitio web de la comuna no muestra la declaración jurada del intendente. Es casi la única que falta.

La obligación de presentar y dar a publicidad las declaraciones juradas patrimoniales está normada por la ordenanza 13914 y comprende a quienes ocupen cargos de director y de jerarquías superiores, incluyendo a subsecretarios, secretarios, concejales y, claro está, el intendente.

El reclamo de Cano, quien tras dejar la secretaría de Economía y Hacienda también abandonó el bloque de concejales arroyista, se sumó al que días atrás había hecho un particular a través de una carta documento.

Aquella nota, la cual se hizo pública, no tuvo respuesta. Al menos no la esperada, consistente en el simple hecho de que en la página web de la comuna se exponga la declaración de bienes del jefe comunal.

Por eso ante la falta de novedades el autor del reclamo solicitó utilizar la Banca 25 del Concejo Deliberante.

Dentro del mismo Deliberativo también hay otros casos de incumplimiento de la norma. Los más notorios son los de los concejales de Cambiemos, el radical Gonzalo Quevedo y el jefe del bloque de Agrupación Atlántica e hijo del Intendente, Guillermo Arroyo.

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